Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. - 15 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 925500694

Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A.

Fecha de publicación15 Marzo 2023
Número de registroCVE-2284197
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.502
CVE 2284197 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.502 | Miércoles 15 de Marzo de 2023 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2284197
NOTIFICACIÓN
4º Juzgado Civil de Santiago, caratulado "Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios
S.A.", Rol V-305-2022. Angélica Muñoz Olguín, abogado, mandatario judicial de Creditú
Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A., RUT 76.594.721-9, representada legalmente por
David Andrés Muñoz Soto, ambos domiciliados en Cerro El Plomo Nº 5420, piso 8, Las Condes,
Santiago, a V.S. respetuosamente digo: Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A.
suscribió con la sociedad Jessica Vargas, Transportes de Pasajero E.I.R.L., un mutuo hipotecario
endosable, con la respectiva cláusula a la orden, mediante el cual adquirió el inmueble
consistente en el Lote Dos, de la subdivisión de un retazo de terreno formado por el "sitio Norte,
Ñ y la mitad oriente del "Cerro Peñaflor", de la comuna de Peñaflor, provincia de Talagante,
actualmente ubicada en Avenida Vicuña Mackenna número cuatro mil doscientos cinco, que
tiene los siguientes deslindes: al Norte, en setenta y seis metros con actual calle Arturo Prat; al
Sur, en ciento trece metros, con camino público a Pelvin; al Oriente, con canal de Peñaflor, en
línea quebrada de ciento dieciséis coma setenta y nueve metros y sesenta metros, y al Poniente,
con lote "Uno" del plano, en línea quebrada de ciento ochenta metros y sesenta y cinco metros.
El inmueble tiene asignado el rol de avalúo fiscal número trescientos ocho guión nueve, comuna
de Peñaflor. La Sociedad Pie Andino SpA adquirió el dominio del inmueble por tradición que le
hizo Itaú Corpbanca, a la que sirvió de título la escritura pública de compraventa otorgada en la
Notaría de Santiago de don Gino Paolo Beneventi, con fecha 30 de octubre de 2020. El dominio
del inmueble a nombre de Pie Andino SpA rola inscrita a fojas 171v Nº 2535 en el Registro de
Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor año 2020. Jessica Vargas, Transportes
de Pasajero E.I.R.L., adquirió el denominado inmueble, financiando parcialmente con cargo a un
mutuo hipotecario endosable otorgado por Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A.,
por la suma de 45.151,83000 Unidades de Fomento, según consta del instrumento mediante el
cual se otorgó el título de crédito, esto es la escritura pública de compraventa y mutuo
hipotecario endosable de fecha 27 de agosto de 2021, repertorio número 64.199-2021, otorgado
por la Notario doña María Soledad Lascar Merino. Las inscripciones de la escritura en el
Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor, rolan: La inscripción de dominio a favor de Jessica
Vargas, Transportes de Pasajero E.I.R.L., rola a fojas 34 vuelta número 53 del Registro de
Propiedad del año 2022, a la hipoteca a favor de Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios
S.A. a fojas 7 número 8 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2022, la hipoteca a
favor de Avla Seguros de Crédito y Garantía S.A. a fojas 7 vta. número 9 del Registro de
Hipotecas y Gravámenes del año 2022 y su prohibición a favor de Creditú Administradora de
Mutuos Hipotecarios S.A. a fojas 3 vta. número 5 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones
de Enajenar del año 2022. La copia única endosable del Mutuo Hipotecario Endosable se
extravió materialmente en forma posterior a practicar las inscripciones. Conforme lo dispuesto en
decreto con fuerza de ley Nº 251, la Norma de Carácter General 136 de 2002 de la
Superintendencia de Valores y Seguros, actualmente Comisión para el Mercado Financiero, la
ley 18.522 sobre tratamiento de los títulos de crédito y la ley 18.092 sobre letras de cambio y
pagaré se solicita se autorice al acreedor a ejercer los derechos contenidos en el título y a la
reconstitución material de este. Por tanto, ruego a V.S. se sirva tener por formulada la solicitud
de declaración de extravío del mutuo hipotecario endosable, dejando nulo y sin valor el ejemplar
extraviado y ordenando al Notario o Conservador respectivos la emisión de una nueva copia
única endosable, otorgado por escritura pública de fecha 27 de agosto en la trigésimo octava
Notaría de Santiago de María Soledad Lascar Merino, bajo el repertorio número 64.199-2021.

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