CREART, DISEÑO GRÁFICO Y PUBLICIDAD LIMITADA 77.472.350-1
Fecha de publicación | 02 Diciembre 2022 |
Número de registro | CVE-2227447 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 43.416 |
CVE 2227447 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.416 | Viernes 2 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2227447
EXTRACTO
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público titular de la 36° Notaría de
Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Comuna de Providencia, certifica: Por
escritura pública de fecha 28/10/2022 otorgada ante mí, bajo el Repertorio N°28.486-2022, don
EDUARDO IÑIGUEZ DUCH, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES
SANTA SILVIA LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida del Parque N° 4980 oficina 332,
comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, y don NICOLÁS DUCH LEÓN, en
representación de INVERSIONES ALCALÁ LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida Las
Condes N° 11400, oficina 73, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron la
sociedad “CREART, DISEÑO GRÁFICO Y PUBLICIDAD LIMITADA” (la “Sociedad”),
constituida por escritura pública DE FECHA 18/07/2000, otorgada en la Notaria de Santiago de
don José Musalem Saffie, cuyo extracto fue inscrito a fojas 19.543 N° 15.611 del Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000. Conforme
a la escritura antes señalada, se acordó: Cesión de derechos sociales: (i) Inversiones Alcalá
Limitada, vende, cede y transfiere a don Eduardo Iñiguez Duch, quien compra, acepta y adquiere
para sí, el 100% de los derechos que a la primera le corresponden en la Sociedad, equivalentes al
57% de los derechos sociales, por el precio de $68.400, pagados en la fecha de la escritura
extractada; (ii) Consecuente con la cesión de derechos convenida, se retira de la Sociedad el
socio Inversiones Alcalá Limitada, quedando como únicos socios de la Sociedad y en los
porcentajes que en cada caso se indican: a) don Eduardo Iñiguez Duch, con un 57% de los
derechos sociales; y b) la sociedad Inversiones Santa Silvia Limitada, con un 43% de los
derechos sociales. Modificaciones Pacto Social: (i) Modifican el artículo cuarto del Pacto Social,
relativo al capital social, adecuándolo a la cesión de derechos antes indicada, reemplazándolo por
el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social es la suma de
$120.000, que, totalmente pagado por los socios, han aportado de la siguiente forma: a)
INVERSIONES SANTA SILVIA LIMITADA la suma de $51.600, equivalente a un 43% de los
derechos sociales; y b) don EDUARDO IÑIGUEZ DUCH la suma de $68.400, equivalente a
57% de los derechos sociales”. (ii) Modifican el artículo quinto del Pacto social, relativa a la
administración y uso de la razón social, en el sentido de que esta corresponderá al socio don
Eduardo Iñiguez Duch, con las más amplias facultades de administración, reemplazando en este
sentido el citado artículo quinto del Pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura
extractada.-Santiago, 28 de octubre de 2022.
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