Crea el Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19 - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914501360

Crea el Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19

Fecha17 Julio 2020
Número de Iniciativa13655-05
Fecha de registro17 Julio 2020
EtapaTramitación terminada Ley N° 21.288 (Diario Oficial del 14/12/2020)
MateriaCORONAVIRUS, CORONAVIRUS COVID-19, COVID-19, FONDO DE EMERGENCIA TRANSITORIO COVID-19
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CREA EL FONDO DE EMERGENCIA TRANSITORIO COVID-19.

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Santiago, 14 de julio de 2020.






MENSAJE113-368/






A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:


En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que crea el Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19.

I.ANTECEDENTES


El mundo enfrenta la peor crisis sanitaria de los últimos 100 años, provocada por el brote de la enfermedad COVID-19, transformándose en una situación sin precedentes que ha afectado profundamente la vida de nuestros compatriotas y que ha requerido enfocar todos los esfuerzos del Gobierno en proteger la salud y bienestar de las familias chilenas.


Para enfrentar esta pandemia sanitaria, que ha provocado también una crisis económica y social, el Gobierno ha preparado múltiples herramientas a través de distintos planes que se han adaptado conforme a la situación. Es en este contexto, que el 19 de marzo fue anunciado un Plan Económico de Emergencia que implicaba una movilización de recursos por 11.750 millones de dólares en las siguientes áreas:


  1. Medidas de protección del empleo y los ingresos laborales, y un mecanismo de protección del empleo mediante la suspensión de contratos evitando la destrucción de puestos de trabajo. Esta medida se materializó mediante la ley N°21.227, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley N° 19.728, en circunstancias excepcionales, publicada el 6 de abril, donde se incluye una autorización de inyección de $2.000 millones de dólares al Fondo de Cesantía Solidario para asegurar el financiamiento de las prestaciones y la debida sustentabilidad de dicho fondo.

  2. Medidas tributarias para el sistema productivo y para el alivio para los hogares, que incluían suspensión de Pagos Provisionales Mensuales (“PPM”) del impuesto a la renta por tres meses, postergación del pago del Impuesto al Valor Agregado (“IVA”), anticipación de la devolución del impuesto a la renta, postergación del pago del impuesto a la renta para PYMEs, postergación del pago de contribuciones de abril para PYMEs y personas naturales, reducción transitoria del impuesto de timbres y estampillas por seis meses, entre otras. Estas medidas fueron aprobadas mediante la ley N°21.225, que establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad COVID-19 en Chile, publicada el 2 de abril, junto con otras acciones de carácter administrativo.

  3. Medidas de liquidez para el sistema productivo, que incluían una nueva capitalización de Banco Estado por $500 millones de dólares y la aceleración del pago a proveedores del Estado.

  4. Medidas de apoyo a los ingresos familiares, que consistían en la entrega de un bono a los beneficiarios del Subsidio Único Familiar, del Subsistema Seguridades y Oportunidades y un tercer grupo similar de hogares de bajos ingresos e ingresos informales. Adicionalmente se incluía la creación de un fondo solidario de $100 millones de dólares para municipios. El bono se implementó mediante la ley N°21.225 y fue pagado en abril, mientras que la transferencia a los municipios se realizó el 20 de mayo.

Posteriormente, el 9 de abril, el Gobierno anunció una ampliación del primer paquete de medidas en el contexto del Plan Económico de Emergencia, con la creación de una línea de créditos para PYMEs con Garantía FOGAPE (Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios), el cual se ampliaría transitoriamente para acoger a empresas de hasta 1.000.000 de UF anuales en ventas, con la inyección de hasta $3.000 millones de dólares para la generación de dichas garantías. De igual forma, se creó un fondo de $2.000 millones de dólares para el apoyo de los ingresos familiares. Estas iniciativas se materializaron por medio de las leyes N°21.229, que aumenta el capital del FOGAPE y flexibiliza temporalmente sus requisitos, y N°21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia. Esta última creó el mencionado ingreso que entregó en mayo un aporte de $65.000 por persona para los integrantes de los hogares de hasta el 90% más vulnerable de la población que hayan tenido caídas de ingresos en el corto plazo.


El 30 de abril, el Gobierno anunció el envío de un proyecto de ley para la protección de los ingresos de los trabajadores independientes, grupo que no estaba cubierto por las medidas antes mencionadas, sin perjuicio que para este grupo se habían realizado algunas medidas tributarias de carácter administrativo como la devolución de retenciones de boletas de honorarios. Esta medida aprobada mediante la ley N°21.242, permite que aquellos trabajadores independientes que enfrentan una disminución de ingresos de al menos 30%, puedan acceder de manera transitoria a un beneficio que les permite cubrir hasta un 70% de la caída de dichos ingresos, con un subsidio de hasta $100.000 pesos y un crédito con tasa real 0, con un año de gracia y tres años de plazo para su amortización, con tope de $650.000. Este crédito puede solicitarse mensualmente hasta tres veces entre junio y noviembre de este año y el contribuyente lo reintegrará en cuotas mediante su declaración renta.

II.PLAN DE PROTECCIÓN: MARCO DE ENTENDIMIENTO

La extensión de la crisis hizo necesario el diseño de nuevas medidas. Para esto, nuestro Gobierno privilegió la formación de acuerdos, fundados en el valioso trabajo técnico, tan necesario en la formación de políticas públicas robustas.


Así, el 14 de junio se alcanzó un "Marco de Entendimiento para un Plan de Emergencia por la Protección de los Ingresos de las Familias y la Reactivación Económica y del Empleo", al alero de un marco de convergencia fiscal de mediano plazo.


Para efectos de consagrar fielmente el acuerdo en este Mensaje, el Marco de Entendimiento será consignado a través de algunos extractos que se transcriben a continuación:


Después de un largo proceso de diálogo entre el Ministerio de Hacienda y la Comisión de Hacienda, ampliada integrada por parlamentarios de oposición y el oficialismo, se construyó lo que se denominó “Plan de Emergencia por la Protección de los Ingresos de las familias y la Reactivación económica y del Empleo, al alero de un marco de convergencia fiscal de mediano plazo”, con el fin de implementar medidas ante la Pandemia del COVID 2019”.


Los ejes fundamentales y los puntos de entendimiento en el plan de emergencia son los siguientes”:


  1. Marco Fiscal por 24 meses y consolidación fiscal de mediano plazo” En este acápite “se propone crear una nueva estructura legal que permita implementar, de forma transitoria y flexible, un programa fiscal adicional, de hasta un máximo de US$ 12.000 millones en los próximos 24 meses, dependiendo de los efectos económicos y sociales de la pandemia”.


Para este propósito se crea un fondo desde el cual el Gobierno podrá financiar:


“• Mayores gastos corrientes (transferencias directas a las familias, apoyo a trabajadores y empresas y de apoyo a salud, incluida la salud mental),

Inversión pública adicional, y

Nuevos impulsos pro-reactivación y reconversión (incluyendo apoyos tributarios transitorios)”.


Este fondo caducará a los 24 meses o antes si las mejores condiciones económicas y sanitarias lo ameritan, lo que asegura su transitoriedad”.


El financiamiento del Fondo se realizará a través de aporte fiscal, el que a su vez tendrá su origen en transferencias del Tesoro Público, como fondos soberanos, o/y mayor endeudamiento público. Si el fondo tuviera recursos al momento de caducar, ellos se transferirán al FEES”.


Este marco de entendimiento supone que el escenario fiscal expansivo extraordinario para los años 2020 y 2021, incluyendo la creación del Fondo Covid, genera un compromiso de consolidación fiscal de mediano plazo a partir de 2022, de forma tal de estabilizar la deuda pública y las variables macroeconómicas fundamentales. En esta línea, consideramos que, en las condiciones actuales, limitar el aumento de la deuda bruta hasta un nivel en torno a 45% del PIB sería adecuado”.


Sin perjuicio del marco presupuestario anterior y, existiendo consenso sobre las nuevas prioridades de emergencia, el presupuesto de la...

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