Crea el cargo de Fiscal Especial de Alta Complejidad en el Ministerio Público. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914495162

Crea el cargo de Fiscal Especial de Alta Complejidad en el Ministerio Público.

Fecha29 Septiembre 2014
Número de Iniciativa9608-07
Fecha de registro29 Septiembre 2014
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Segundo informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
MateriaFISCAL ESPECIAL DE ALTA COMPLEJIDAD, MINISTERIO PÚBLICO
Tipo de proyectoReforma constitucional
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Mensaje
MENSAJE














Boletín N° 9.608-07

Proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje de S. E. la Presidenta de la República, que crea el cargo de Fiscal Especial de Alta Complejidad en el Ministerio Público.





SANTIAGO, 23 de septiembre de 2014.







M E N S A J E 561-362/







A S.E. LA

PRESIDENTA

DEL H.

SENADO.

Honorable Senado

Tengo el honor de someter a vuestra consideración, un proyecto de Reforma Constitucional que tiene por finalidad crear en el Ministerio Público, una Fiscalía Especial de Alta Complejidad.



I. ANTECEDENTES

Desde el punto de vista de la persecución penal, y para dar cumplimiento a los principios de eficiencia y eficacia que rigen el funcionamiento del Ministerio Público, como órgano de la Administración del Estado, resulta fundamental introducir reformas vinculadas a la organización de su trabajo.

La persecución penal eficiente y eficaz se torna aún más relevante cuando el ejercicio de la acción penal está encaminado a reprimir los actos de criminalidad más graves para nuestra institucionalidad, garantizando con ello la protección de quienes son víctimas de estos delitos.

La presente Reforma Constitucional propone la creación de una Fiscalía Especial de Alta Complejidad, dedicada a la investigación y persecución de cierto tipo de delitos cuya gravedad y significancia social requiere de una dedicación exclusiva y con personal especializado en la materia.

Mediante la creación de esta Fiscalía Especial se lograría, además, una descongestión en el trabajo de las fiscalías locales. Ello, porque, actualmente, los delitos altamente complejos deben ser investigados por fiscales adjuntos, quienes deben dedicar la totalidad de su tiempo a tales investigaciones, suspendiendo su trabajo en los delitos menos complejos que constituyen su mayor carga de trabajo. El objeto de esta reforma, por tanto, no favorece solamente la investigación de los delitos de alta complejidad, sino que permite una distribución más eficiente de recursos del órgano persecutor que en definitiva beneficiará la persecución de los delitos menos complejos que más comúnmente afecta a la población.

Finalmente, el hecho de que el Ministerio Público cuente con mejores condiciones para la persecución penal, favorece la obtención de pruebas suficientes e idóneas para cumplir con el estándar necesario para lograr la convicción del Tribunal y la condena por los delitos investigados.

II. OBJETIVO

Se propone la creación de una nueva estructura dentro de la organización del Ministerio Público, dedicada a casos de criminalidad de alta complejidad.

Como aspectos destacables de esta fiscalía especializada, resaltan su dirección a cargo de un Fiscal Jefe Especial sometido al mismo régimen que los fiscales regionales, y su composición por Fiscales Adjuntos; su competencia nacional, pudiendo investigar causas en una o varias regiones del país; y la integración multidisciplinaria y trabajo interinstitucional que guiarán su funcionamiento.

III. CONTENIDO

La presente Reforma Constitucional aborda como principales materias las siguientes:

En primer lugar, crea la Fiscalía Especial de Alta Complejidad, estableciendo la existencia de un Fiscal Jefe Especial.

En segundo lugar, adecúa la normativa constitucional vigente, incorporando al Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial en lo relativo a: (i) la designación de fiscales adjuntos que formen parte de esa Fiscalía Especial; (ii) la prohibición de ser aprehendido sin orden de tribunal competente; y (iii) las inhabilidades para presentarse como candidatos de diputados y senadores.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente:





PROYECTO DE LEY:





Artículo único.- Modifícase la Constitución Política de la República de la siguiente forma:

  1. Agrégase en el numeral 9 del artículo 57, a continuación de la expresión "El Fiscal Nacional,", la siguiente expresión:"el Fiscal Jefe Especial,".



  1. Intercálase a continuación del artículo 85, el siguiente artículo 85...

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