Cortés Montenegro Luis Rodrigo - Easy Rent S.A. - 1 de Junio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 932701979

Cortés Montenegro Luis Rodrigo - Easy Rent S.A.

Número de registroCVE-2322319
Fecha de publicación01 Junio 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.566
CVE 2322319 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.566 | Jueves 1 de Junio de 2023 | Página 1 de 5
Publicaciones Judiciales
CVE 2322319
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt. RIT O-75-2023 DEMANDA. LUIS
RODRIGO CORTÉS MONTENEGRO, cesante, domiciliado en Camino a Astilleros Km. 1,8,
Pargua, comuna de Calbuco, a US respetuosamente digo: Que, en virtud de lo dispuesto en los
artículos 160 N°7, 171, 446 y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes,
por este acto vengo en interponer demanda en procedimiento de aplicación general por despido
indirecto, nulidad del despido, indemnización compensatoria y cobro de prestaciones laborales,
en contra de EASY RENT S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rut 76.031.784-5,
representada legalmente por don ROLANDO MERINO SAN MARTÍN, profesión u oficio
ignoro, cedula nacional de identidad N°13.602.676-3, o por quien corresponda de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Camino al Tepual
Km. 4,5 de la comuna de Puerto Montt; y solidaria o subsidiariamente, según sea el caso, en
contra de CONSTRUCTORA LAHUEN S.A., sociedad del giro de su denominación, Rut
76.402.710-8, representada legalmente por la liquidadora concursal doña Ximena Vera
Barrientos, profesión u oficio ignoro, cedula nacional de identidad N°10.381.036-1, todos con
domicilio en Avenida Américo Vespucio Norte N°2700, Oficina 406, Vitacura, Santiago; y
asimismo en forma solidaria o subsidiaria, según corresponda, en contra de MULTISEA S.A.,
sociedad del giro de su denominación, Rut 76.440.284-7, representada legalmente por don
ÁLVARO LARRAÑAGA PALMA, cedula nacional de identidad N°9.029.455-5, profesión u
oficio ignoro, ambos con domicilio en calle Bernardino N°1981, piso 4°, oficina 402 de la
comuna de Puerto Montt, todo con el objeto que S.S. la admita a tramitación y en definitiva la
acoja en todas sus partes, y las condene al pago de las indemnizaciones y prestaciones que se
detallan a continuación, con reajustes e intereses y una ejemplificadora condenación en costas, en
consideración a la exposición circunstanciada de los hechos y fundamentos de derecho que la
sustentan, que se exponen a continuación: I. LOS HECHOS. 1. RELACIÓN LABORAL. Con
fecha 25 de octubre de 2021 ingresé a prestar servicios, para el demandado principal de autos
para desempeñar las labores de Albañil, en virtud de un contrato a plazo fijo con duración hasta
el día 30 de noviembre de 2021, continuando con posterioridad prestando servicios para mi
empleador, por lo que mi contrato devino en uno de naturaleza indefinida. En lo relativo a mi
jornada de trabajo, era de 45 horas semanales distribuidas de lunes a viernes, con hora de inicio a
las 08:00 horas, hasta las 13:00 horas y de 14:00 horas a las 18:00 horas. Respecto de mi
remuneración mensual, conforme a mi liquidación de sueldo del mes de noviembre de 2021, mes
en el que trabajé un total de 13 días, en el que se pagó un total imponible de $425.098, para
efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, ha de entenderse que mi última remuneración
mensual percibida, ascendía a la suma de $980.995. 2. ANTECEDENTEDES PREVIOS AL
DESPIDO INDIRECTO. En primer término, debo hacer presente que desde el inicio de mi
vínculo laboral con mi ex empleador y hasta la fecha, poseo la calidad de presidente del
Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores Asalariados SINTRASAR Chile, con mandato
vigente desde el 20 de mayo de 2021 al 20 de mayo de 2024, según consta en Certificado
N°301/2022/91, emitido con fecha 11 de marzo de 2022 por la Dirección del Trabajo. Así las
cosas, con fecha 15 de noviembre de 2021, mi ex empleador interpuso una demanda de solicitud
desafuero sindical ante el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco (Causa RIT
O-27-2021), la cual fue desestimada por el referido Tribunal y cuya sentencia se encuentra firme
y ejecutoriada. Junto con lo anterior, con fecha 10 de marzo de 2022, en representación del
sindicato al que represento, interpuse una denuncia por prácticas antisindicales ante la Inspección
Provincial del Trabajo de Puerto Montt, denunciando los siguientes hechos: “Presto servicios
para la empresa Easy Rent, en obra acuícola Astilleros Dos. Cuando me presenté a trabajar el 8
de marzo, el supervisor, Carlos Smoll y el jefe administrativo Eric Villegas, me informan que
todos los trabajadores fueron despedidos y finiquitados y han sido recontratados por una empresa
distinta, desconozco la nueva razón social. A raíz de ello, no pude ingresar a trabajar, hasta la

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