Cortes fallan por tercera vez en menos de un año contra autoridades de Santiago por comercio ilegal - 12 de Septiembre de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 942795920

Cortes fallan por tercera vez en menos de un año contra autoridades de Santiago por comercio ilegal

Es una escena ya habitual: comercio ambulante desplegado en distintos puntos de la comuna de Santiago. Y aunque a lo largo de los años se han anunciado y llevado a cabo diversas medidas para erradicarlo, no cede.Uno de los lugares más afectados es el barrio Meiggs, y aunque en mayo de 2022 el Gobierno y Carabineros despejaron sus calles, en diciembre toldos azules estaban de nuevo instalados.Y ahora la Corte de Apelaciones acogió un recurso de protección contra la Municipalidad de Santiago debido al comercio ilegal existente en las afueras de una galería comercial -de Inmobiliaria Catedral Limitada y que interpuso la acción- ubicada en Bascuñán Guerrero N° 145, calle que cruza Meiggs."Las omisiones descritas (...) configuran un cuadro de ilegalidad", señala la sentencia y añade que los afectados "han recibido un trato desigual ante la ley (...), respecto de aquellos comerciantes establecidos, vecinos y residentes de otros sectores de la comuna que no se ven afectados por este fenómeno".Así, la Segunda Sala del tribunal de alzada -compuesta por los ministros Jessica González y Matías de la Noi, junto al abogado integrante Eduardo Jequier- ordenó al municipio adoptar las medidas necesarias para que se efectúe la debida fiscalización en esta calle y así prevenir, revertir y sancionar la actividad de los toldos azules en las veredas y parte de la calzada, que obstaculiza además el acceso a la galería comercial.El fallo describe que la actividad de estos puestos informales genera, entre otras cosas, "acumulación de basuras, trastornos de circulación, problemas higiénicos e inseguridad para los locatarios, transeúntes y automovilistas que concurren al lugar".También, dice, "resulta evidente que al municipio le corresponde por ley el deber de -y cuenta con las atribuciones para- velar por la seguridad pública comunal, sin perjuicio de las funciones y facultades del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y del Ministerio Público; y por lo mismo, mal puede excusarse de su obligación en tal sentido -como hace en este caso-, a pretexto de ser otras las instituciones llamadas a resguardar de manera eficiente, oportuna y constante dicho bien jurídico público".Sentencias previas por ambulantesSe trata de la tercera ocasión en menos de un año en que las cortes fallan contra autoridades por problemas con el comercio ilegal en la comuna de Santiago.En marzo pasado, el tribunal de alzada capitalino resolvió...

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