Cortés Elgueda Luis Antonio - Servicios Generales Norte SpA - 1 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897368675

Cortés Elgueda Luis Antonio - Servicios Generales Norte SpA

Fecha de publicación01 Marzo 2022
Número de registroCVE-2089857
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.191
CVE 2089857 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.191 | Martes 1 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2089857
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, 8 de julio de 2020, EN LO PRINCIPAL:
Demanda. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos: SEGUNDO OTROSÍ: Privilegio de
Pobreza; TERCER OTROSÍ: Forma de Notificación. CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder.
Comparece Luis Antonio Cortés Elgueda, guardia de seguridad, Rut 13.330.840-7, con domicilio
en Pje Nuevo seis N° 3346, Villa Talinay, La Cantera, Coquimbo, y señala: Que interpone
demanda, en Procedimiento monitorio, por Nulidad del despido, despido improcedente y cobro
de otras prestaciones laborales en virtud de contrato de trabajo, en contra de Servicios Generales
Norte SpA, del giro de seguridad, Rut 76.938.882-6, representada por Luis Pizarro Montes de
Oca, se ignora profesión u oficio, Rut 9.286.241-2, ambos domiciliados en Los Carreras N° 572,
La Serena, en su calidad de empleador directo y en contra de Condominio Alto Hacienda, giro de
su denominación, Rut 65.137.948-2, representada por doña Mónica Artal Rojas, se ignora
profesión u oficio, Rut 11.379.352-K, ambos domiciliados en Av. René Schneider N° 2031,
Camino a Huachalalume, La Serena, por su responsabilidad solidaria o subsidiaria que le
corresponda en su calidad de dueña de las obras o servicios en los que se desempeñó. I.-
RELACIÓN CIRCUNSTACIADA DE LOS HECHOS: Fue contratado por el demandado
principal, bajo subordinación y dependencia con fecha 24 de septiembre de 2019, función de
guardia de seguridad rondín en Condominio Alta Hacienda, ubicado en Av. Rene Schneider N°
2031, Camino a Huachalalume, La Serena. Relación laboral indefinida. Jornada de trabajo:
turnos rotativos de 4 días trabajados por 4 descansados de noche, de 20:00 a 08:00.
Remuneración $419.418, además por día extra feriado trabajado, la suma de $27.592. Hace
presente afiliación a Fonasa y AFP es Provida. II.- ANTECEDENTES DEL TERMINO DE LA
REACIÓN LABORAL: Con fecha 23 de febrero de 2020 renunció a su trabajo, sin perjuicio de
ello, aun se le adeuda feriado proporcional y cotizaciones de salud y cesantía de todo el periodo
trabajado y de AFP de octubre de 2019 y remuneración del día feriado 25 de diciembre de 2019
trabajado. III.- CONSIDERACIONES DE DERECHO: artículos 63, 73, 496 y siguientes del
Código del Trabajo. IV.- PRESTACIONES DEMANDADAS: 1.- Compensación del feriado
proporcional de todo el tiempo trabajado, por la suma de $124.925.- 2.- Cotizaciones de salud y
por cesantía de todo el periodo trabajado, por la suma de $209.709.- 3.- Cotización de AFP de
octubre de 2019, por la suma de $41.941.- 4.- Sobresueldo por turno extra trabajado, por la suma
de $27.192.- 5.- Intereses, reajustes legales y las costas que irrogue el juicio a esta parte. POR
TANTO, solicita tener por interpuesta demanda del Trabajo, en Procedimiento Monitorio, en
contra de Servicios Generales Norte SpA y de Condominio Alto Hacienda, acogerla a
tramitación y, en definitiva declarar, según el mérito de los antecedentes que se acompañen,
declarar la existencia de la relación laboral y que se le adeudan solidaria o subsidiariamente
según el mérito del proceso, las prestaciones demandadas, más los intereses, reajustes que
correspondan y con expresa condenación en costas. PRIMER OTROSÍ: Acompaña: a)
Liquidaciones de remuneración de septiembre, noviembre, diciembre de 2019 y enero de 2020, y
b) Certificado de cotizaciones de AFP Provida de 2 de junio de 2020. SEGUNDO OTROSÍ:
señala correo electrónico rnavarro77@gmail.com. TERCER OTROSÍ: Hace presente privilegio
de pobreza. CUARTO OTROSÍ: designa abogado patrocinante y confiero poder a don Rodrigo
Navarro Arqueros, Gabriel Gallardo Verdugo, Maritza Cortés Cortés, Alex Landsberger Varela,
María Mónica Gajardo González y Hans Miles, todos con domicilio en Juan de Dios Pení Nº
512-516, La Serena. A lo que se proveyó: La Serena, quince de septiembre de dos mil veinte. Por
cumplido lo ordenado, proveyendo derechamente la demanda: A lo principal: Por interpuesta la
demanda. Estese a lo que se resolverá. Al primer otrosí: Téngase por acompañados los
documentos. Al segundo otrosí: Como se pide, por correo electrónico salvo las resoluciones que
deban notificarse por el estado diario. Al tercer y cuarto otrosí: Téngase presente. VISTOS Y
TENIENDO PRESENTE: Con el mérito de los antecedentes, especialmente los instrumentos
acompañados junto a la demanda y en virtud de lo dispuesto en los artículos 496 a 500 del

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