Corte de Valparaíso asume tesis de flagrancia permanente y acoge a trámite recurso contra toma - 13 de Diciembre de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 916312901

Corte de Valparaíso asume tesis de flagrancia permanente y acoge a trámite recurso contra toma

Citaron el considerando sexto del fallo con que la Corte Suprema, el 25 de noviembre pasado, dio seis meses de plazo para desalojar un asentamiento ilegal en dos parcelas en Reñaca Alto. En esa resolución, la Tercera Sala del máximo tribunal criticó la "ausencia de acciones concretas de la autoridad político-administrativa" y la "falta de celeridad" de las acciones penales y civiles "para obtener la restitución de un bien inmueble ocupado de manera irregular por personas en precariedad".Con tal argumento, los propietarios de las parcelas 171, 172 y 173 de Placilla recurrieron de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso en contra de la ocupación de los inmuebles pese a que el hecho comenzó el 20 de febrero pasado y el plazo para interponer esta acción legal es de 30 días. En el escrito que ingresaron la semana pasada ante el tribunal de alzada porteño, destacaron que los mismos términos del considerando sexto fueron replicados en forma idéntica por la Corte Suprema el 29 de noviembre al acoger un segundo recurso de protección, interpuesto esa vez por un caso en la comuna de Arauco, en Biobío.Inmuebles ocupados por unas 70 familiasEn esa nueva oportunidad, los ministros del máximo tribunal insistieron en que "los derechos de uso y goce del titular de la propiedad se verán en gran medida mermados a causa de la prolongada tramitación de tales procedimientos".Y los abogados Werner Kandora y Diego Pereira, que representan a la familia propietaria, argumentaron por último que hasta hoy los inmuebles siguen ocupados por unas 70 familias integrantes de un asentamiento precario para sostener que se está en presencia de una flagrancia permanente, por lo que no han vencido los 30 días de plazo que el ordenamiento jurídico dispone para interponer este acto cautelar.En su escrito, refieren que sus defendidos son víctimas de "ilícitos permanentes o continuados". "Cuando la acción u omisión se está repitiendo constantemente existe, paralelamente, el derecho permanente a recurrir de protección. En este caso, el tema del plazo pasa a segundo plano. Esta jurisprudencia moderna significa reconocer que por motivos formales, de mera admisibilidad, los tribunales no se pueden excusar de restablecer el imperio del Derecho, ya que es un imperativo constitucional", señalan.La Corte porteña acogió la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR