Corte Suprema revoca sentencia que prohibía a Carabineros percutar balines 'a todo evento' - 25 de Febrero de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 861389769

Corte Suprema revoca sentencia que prohibía a Carabineros percutar balines 'a todo evento'

La Tercera Sala de la Corte Suprema revocó la sentencia dictada en junio pasado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que prohibía a Carabineros percutar "a todo evento" balines mediante escopetas antimotines en sus labores de control del orden público y que disponía, además, que elaborara un protocolo para su uso."La determinación del actuar de Carabineros de Chile conteniendo las manifestaciones sociales, la pertinencia del uso de determinadas armas de fuego, el uso proporcional de la fuerza, el contenido del protocolo y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones sociales es una temática que no puede ser resuelta por esta vía", dictaminó el máximo tribunal. "Los hechos y peticiones que se describen exceden de las materias que deben ser conocidas a través del recurso de protección", puntualizó.De esta manera, los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval y Ángela Vivanco y los abogados integrantes Álvaro Quintanilla y Pedro Pierry rechazaron los recursos de protección interpuestos, el año pasado, contra la policía uniformada y el Ministerio del Interior por el entonces rector de la U. de Valparaíso Aldo Valle y sus similares de las universidades Católica de Valparaíso, Federico Santa María y de Playa Ancha; el alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp, y siete concejales; la Defensoría del Pueblo, observadores de Derechos Humanos y varios particulares.Todos ellos alegaban que el actuar policial para contener las manifestaciones de protesta que tuvieron lugar en Valparaíso, con ocasión del estallido social registrado a partir de octubre de 2019, había incurrido en excesos que violentaban los derechos humanos a la reunión y a la integridad física y psíquica, y pedían que se le restringiera el uso de medios disuasivos, en particular aquellos que causaban lesiones físicas, especialmente oculares.La Corte de Valparaíso radicó en una Sala más de 15 acciones distintas e incluyó en ellas las interpuestas también por vecinos y comerciantes que alegaban ser víctimas de la violencia en que derivaban las manifestaciones, reclamando por su desprotección frente a los saqueos e incendios de sus locales.El 19 de junio pasado, los ministros porteños Patricio Martínez, Eliana Quezada y Alejandro García resolvieron acoger los recursos de unos y de otros. Estimaron que Carabineros había desatendido el principio de proporcionalidad y gradualidad en el uso de la fuerza para contener manifestaciones en Valparaíso y que su...

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