Corte suprema ratifica fallo que acogió recurso de protección por acoso telefónico en cobro de deuda - Núm. 10-2014, Octubre 2014 - Artículos de Derecho, Empresa y Tecnología - Libros y Revistas - VLEX 726253621

Corte suprema ratifica fallo que acogió recurso de protección por acoso telefónico en cobro de deuda

AutorAndrés Pumarino Mendoza

La Tercera Sala de la Corte Suprema ratificó un fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas presentado en contra de una empresa de cobranzas judiciales por el acoso telefónico a un deudor de un crédito.

En fallo unánime (rol 24.014-2014) los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes y los abogados integrantes Luis Bates y Alfredo Prieto ratificaron el fallo del tribunal de alzada de la región de Magallanes que acogió la acción judicial presentada en contra de la empresa Socofin.

En la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas (rol 255-2014) los ministros María Isabel San Martín, Marcos Kusanovic (interino) y el fiscal judicial Fabio Jordán determinaron que la empresa Socofin, dedicada a la cobranza para el Banco de Chile, incurrió en actuar ilegal y que atenta contra la integridad psíquica del recurrente, ya que el proceso de cobranza ya estaba siendo tramitado por las vías judiciales respectivas.

“Que la existencia de la deuda de la recurrente con la recurrida fue planteada en la sede judicial respectiva, bajo el procedimiento que la ley prevé para dichos casos. De allí que la reiterada insistencia en cobrar en forma extrajudicial la misma por la vía telefónica, constituye el ejercicio abusivo de una facultad. En efecto, si el objetivo de los llamados...

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