Corte Suprema prohíbe arriendo por días y horas de departamentos en edificio de Concepción - 3 de Diciembre de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 878754104

Corte Suprema prohíbe arriendo por días y horas de departamentos en edificio de Concepción

La Tercera Sala de la Corte Suprema -integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Eliana Quezada y los abogados integrantes Pedro Águila y María Angélica Benavides- resolvió prohibir a una inmobiliaria en Concepción que continúe con el arriendo temporal, por días y horas, de departamentos mientras no obtenga el cambio de destino comercial de las propiedades.Y no es primera vez que este tema llega al máximo tribunal, dado el ingreso al mercado nacional de plataformas digitales, como Airbnb, y también otras modalidades de arriendo de departamentos por tramos de tiempo menores a 15 días, que no cuentan con el giro, por ejemplo, de residencia u hotel.El fallo de la Tercera Sala establece que, con "la revisión de los antecedentes, se puede concluir que el Edificio Concepto Urbano, fue construido para servir de inmueble habitacional". Añadiéndose que el recurrido ejerce giro comercial de arriendo o inmobiliaria y efectúa su oferta a través de publicidad incorporada en internet como apart hotel.También menciona la sentencia el reglamento de copropiedad del edificio, el que prohíbe "el destino de las unidades del edificio a hospedaje o pensión, y señala que el recurrido tenía conocimiento de dicha situación, ya que ha sido multado en reiteradas oportunidades".Se afecta el derecho de propiedad, dice la salaPor ello, dice la resolución, "solo cabe concluir que los actos admitidos por la recurrida en su informe, en cuanto reconoce que se dedica al arriendo de departamentos por día y horas, no solo contravienen la normativa que regula las relaciones internas del Edificio Concepto Urbano y, por ende, pueden ser calificados de ilegales, sino que, además, quebrantan el derecho garantizado en el N° 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental", es decir, el de propiedad, ya que para el máximo tribunal el alto tránsito de personas derivado del arrendamiento por breves espacios de tiempo, "lesiona el uso y goce de los espacios comunes del citado inmueble por los otros...

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