Corte Suprema fija estándar a los directores de S.A. sobre sus derechos y deberes - 5 de Diciembre de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 588833770

Corte Suprema fija estándar a los directores de S.A. sobre sus derechos y deberes

En votación dividida, los ministros Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Gloria Ana Chevesich y Carlos Aránguiz, junto al abogado integrante Arturo Prado, determinaron que si bien a los directores les asistía el derecho a ser informados, también el ejercicio de sus cargos "les imponía la obligación de requerir toda la información que les fuere necesaria para la adecuada toma de las decisiones relacionadas con la administración social".

Además, resolvieron que a pesar de haber fallecido uno de los sancionados, el castigo pecuniario no se extingue con su muerte, al radicarse dicha obligación en su patrimonio.

El voto en contra fue de Prado, quien respecto de los directores estimó que conforme a los estándares de gobierno corporativo, no les era exigible indagar más allá de la información que recibían del gerente y demás ejecutivos de la compañía.

Respecto del fallecido director, consideró que la multa debió haber sido declarada extinta, y que mientras esta no se encuentre ejecutoriada, no puede transmitirse a sus herederos.

Criterio "novedoso"

Roberto Guerrero, decano de Derecho de la UC, plantea que es un fallo "significativo y novedoso", porque "la Corte Suprema refrendó el criterio de la SVS en cuanto a que el derecho establecido en la Ley de Sociedades Anónimas en favor de los directores para recabar información de la empresa se extiende también hacia un deber fiduciario de informarse".

Es la primera vez que este criterio se "prueba" jurisprudencialmente, destaca.

Precisa sí que la sentencia debe leerse con un criterio estricto, dado que esta se funda en los hechos concretos del caso, donde lo que se reprocha es que los directores debieron requerir información, porque no podían menos que saber lo que estaba ocurriendo, toda vez que la situación ya estaba en la prensa.

Y en su opinión, lo que hay realmente acá es una interpretación del deber de diligencia y cuidado, más que la transformación de un derecho en un deber.

En tanto, Hugo Caneo, ex hombre clave de la SVS -lideró el equipo que investigó el caso Cascadas- y miembro del Centro de Gobierno Corporativo de la U. de Chile, sostiene que esta sentencia "no viene sino a ratificar lo ya planteado en otras decisiones anteriores, así como por cortes de apelaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR