Corte Suprema establece que contratos por faena pueden transformarse en indefinidos - 3 de Enero de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 551261322

Corte Suprema establece que contratos por faena pueden transformarse en indefinidos

El trabajador recurrió a la Sala Laboral pidiendo que su contrato por faena fuera considerado indefinido y entonces rigieran a su favor los estatutos de indemnización en el marco de los despidos regulados en el Código del Trabajo para empleados con este tipo de vínculos laborales no limitados.

Para eso Vásquez argumentó que existían otras sentencias de cortes de Apelaciones y de la propia Suprema en que se señala que cuando una persona es contratada de forma definida para una obra y luego de eso continúa realizando labores para la misma empresa se debe considerar entonces que el contrato se transforma automáticamente en indefinido.

El maestro enfierrador había sido contratado por la firma antes mencionada, el 28 de septiembre de 2010, para realizar labores en el proyecto "Terminal Marítimo San Vicente" en la VIII Región. Las obras consistían en la construcción de un muelle petrolero de aproximadamente 1 kilómetro de extensión, para la carga y descarga de combustible desde y hacia la refinería Enap.

Una vez finalizada su labor, señala el recurso, Vásquez siguió realizando trabajos para la empresa, pese a que su contratación tenía fecha de expiración junto con su labor en la construcción del muelle. En medio de estos trabajos, además, el dependiente fue designado delegado sindical del Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores de la Construcción, Montaje y otros (Sintec) y su período se extiende hasta el 5 de agosto de este año, lo que lo mantiene con fuero hasta seis meses después del término de este cargo.

Comsa demandó ante la justicia laboral su desafuero y además lo desvinculó invocando la causal prevista en el N° 5 del artículo 159 del Código del Trabajo, la cual se aplica a quienes se les despide cuando el trabajo o servicio que dio origen al contrato finaliza.

Los ministros Carlos Künsemüller, Ricardo Blanco y Carlos Aránguiz, además del abogado integrante Luis Bates, acogieron el recurso y le dieron el favor al trabajador. El fallo señala que los contratos definidos deben tener un límite claramente establecido y son "excepcionales". "De extenderse en el tiempo (el servicio del trabajador) -agrega la resolución-, es posible presumir la existencia o conversión en un contrato de duración indefinida" y la desvinculación debe estar sujeta a una justificación, como lo dice la ley.

La Suprema va más allá y señala que los contratos por obra o faena deben ajustarse "al espíritu del legislador laboral, que los previó en forma excepcional...

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