Corte Suprema, antigüedad y méritos - 29 de Octubre de 2017 - El Mercurio - Noticias - VLEX 695727861

Corte Suprema, antigüedad y méritos

Al cumplirse el período del presidente de la Corte Suprema, los ministros del alto tribunal deberán elegir a su sucesor, recurriendo a la antigüedad en el desempeño del cargo, o bien haciendo uso del derecho a decidir sin esa limitación.

La antigüedad del ministro elegido conlleva valorar la importancia que se asigna a la mayor experiencia en el conocimiento íntimo del funcionamiento y organización del tribunal. Este criterio no siempre ha sido aplicado. Tampoco se encuentra incorporado por la Constitución ni por la ley, como parte de la selección del presidente del máximo tribunal de la República. Su aplicación, en ciertos casos, y no en todos, desvirtúa un proceso que debería apreciar los méritos por encima de la experiencia.

La mayor libertad para elegir permite otras consideraciones relevantes sobre la idoneidad del candidato y el pleno ejercicio de la potestad decisoria de los magistrados.

La recurrencia a los años de servicio en el cargo o, como ocurre en las Fuerzas Armadas, el lugar de distinción en el egreso de su graduación o promoción, como único o preferente criterio, es de alguna manera una limitante y en la práctica es una renuncia a la facultad de decidir con la mayor discrecionalidad entre los candidatos. En algunos casos podría omitir la superior valorización del desempeño a lo largo del tiempo y las capacidades para los futuros desafíos, en una realidad sometida a vertiginosos cambios.

La tarea y las opciones de selección se simplifican, y las dificultades...

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