Corte rechaza amparo a favor de Huenchullán y tribunal despacha orden para su detención - 1 de Agosto de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 873576231

Corte rechaza amparo a favor de Huenchullán y tribunal despacha orden para su detención

En forma unánime, la sala de turno de la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó ayer el recurso de amparo ingresado por la defensa del vocero y líder de la comunidad de Temucuicui, Jorge Huenchullán Cayul.La presentación se encontraba pendiente de tramitación desde el lunes 26 de julio, fecha en que la abogada Karina Riquelme interpuso el escrito para revertir la orden de detención de Huenchullán al momento de ser dado de alta en el Hospital de Victoria, donde estuvo internado cuatro semanas por complicaciones por covid-19. Luego de mantenerse por cinco horas en un cuartel de la PDI, el tribunal de alzada dictó una orden de no innovar y dejó sin efecto la detención, a la espera de resolver el amparo.El jueves 29, en tanto, la Fiscalía de Alta Complejidad (Fiac) formalizó a Huenchullán, ante el Juzgado de Garantía de Collipulli, por delitos de narcotráfico y de porte ilegal de armas y municiones. En esa jornada, la jueza de ese tribunal, Sandra Nahuelcura, acogió la medida cautelar de prisión preventiva y fijó un plazo de 24 horas para que el líder de Temucuicui se presentara por sus propios medios al Centro de Detención Preventiva (CDP) de Angol.En su resolución de ayer, la Corte de Apelaciones no acogió la acción de la defensa, por considerarla "extemporánea", dado que ya se encuentra decretada la prisión preventiva en contra de Huenchullán.ArgumentosEn parte de su fallo y referido a la condiciones del imputado, los ministros argumentaron que "las alegaciones vertidas por la defensa en estrados, en la presente vista, y que se refirieron a la precaria salud del imputado", el que "no estaría en condiciones de resistir la privación de su libertad en un establecimiento penitenciario, son todos antecedentes que ya fueron ventilados en la audiencia de formalización". En esa misma dirección, sostuvieron que en su oportunidad, la jueza de garantía estimó que "habiendo sido dado de alta médica el amparado, correspondía su ingreso al CDP de Angol, en calidad de imputado, por lo cual esta vía no resulta ser la idónea para examinar la pertinencia de la prisión preventiva decretada en audiencia".En la parte final del dictamen, los integrantes del tribunal de alzada expusieron que "estos sentenciadores consideran que la mentada orden de detención, despachada en contra del imputado, el 25 de julio de 2021, ya quedó superada, encontrándose hoy el amparado en una inminente situación de privación de libertad, pero en razón de la prisión preventiva impuesta...

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