Corte establece que Onemi y SHOA actuaron con negligencia y falta de servicio el 27-F - 19 de Enero de 2017 - El Mercurio - Noticias - VLEX 659033929

Corte establece que Onemi y SHOA actuaron con negligencia y falta de servicio el 27-F

En fallo unánime, los magistrados de la Duodécima Sala del tribunal de alzada -Alfredo Pfeiffer, Fernando Carreño y Patricia González- descartaron la infracción de ley en el fallo dictado por el juez Pedro García, que en abril del año pasado estableció la responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencias del Ministerio del Interior (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) por "falta de servicio" durante la emergencia.

De esta manera se confirmó la sentencia recurrida que condenó al fisco a pagar entre $7,5 millones y $30 millones a familiares de fallecidos de Juan Fernández (10), San Antonio (1), Constitución (3), Talcahuano (2) y Tomé (3); más una persona por lesiones.

Este es el primer fallo en que se establece la negligencia de ambas entidades, y no se basa solo en lo que escucharon las víctimas en la radio respecto de autoridades que señalaban que podían retornar a sus hogares. En todo caso, el CDE recurrirá a la Corte Suprema para tratar de revertirlo.

"Si bien es efectivo que, en general, cualquier persona, atendido el sismo previo al tsunami , pudiera no haber reaccionado en la forma que correspondía frente a la eventualidad de un maremoto, no es menos cierto que, al contrario de lo que señala la parte demandada (CDE), ello no resulta aplicable a las autoridades que ostentaban cargos que les imponían precisamente la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar o al menos paliar las consecuencias de este tipo de fenómenos naturales", sostiene el fallo.

Rol de las instituciones

El juez estableció que producto de la "actuación negligente y tardía de los funcionarios públicos", fallecieron diez personas, entre ellas, Joaquín Ortiz Fajardo, conocido como "El Puntito", cuya madre recibirá $30 millones.

En este caso se le atribuye responsabilidad a la Onemi por no dar la alerta roja, pese a que establece que las primeras olas afectaron a la isla Robinson Crusoe a las 04:25 AM del 27 de Febrero, esto es, más de media hora después de que recibiera la alerta de tsunami , "no procediendo a informar a la población del archipiélago, a pesar de que los medios de comunicación de la isla se encontraban en normal funcionamiento".

En cuanto a la Onemi y la zona de Juan Fernández, el magistrado dice que no es efectivo que la información con la cual se disponía en ese minuto era precaria o confusa, puesto que, por una parte, tenía la alerta de tsunami transmitida al CAT (Centro de Alerta Temprana) y, como...

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