'La Corte ya determinó que este no es un caso para reclamar un pedazo del territorio chileno' - 21 de Enero de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 701310765

'La Corte ya determinó que este no es un caso para reclamar un pedazo del territorio chileno'

En sus palabras no se lee ninguna señal de sobresalto ni inquietud. Se muestra confiado en la posición de Chile frente a la demanda boliviana que pretende negociar un acceso soberano al mar.

Grossman, decano emérito de la American University, de Washington, es experto en derecho internacional. Se formó como abogado en la Universidad de Chile y más tarde vivió en Holanda, donde obtuvo un doctorado en Ciencias del Derecho de la Universidad de Ámsterdam. Desde esos años está familiarizado con el trabajo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

En su trayectoria destaca su participación como miembro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la que presidió en dos ocasiones (1996 y 2001). También ha sido presidente del Comité contra la Tortura en la Organización de Naciones Unidas y destacado como una de las figuras más influyentes en materia jurídica en Estados Unidos.

Hoy, en París se reunirá con el equipo de juristas internacionales para afinar la preparación de los alegatos orales y aclara que el Presidente electo, Sebastián Piñera, tendrá toda la potestad de hacer los cambios que estime convenientes en la estrategia y el equipo jurídico cuando asuma.

-¿Cómo describiría la posición de Chile en términos globales? ¿Cree que la Corte podría exigir a Chile negociar con Bolivia un acceso al mar?

-Nuestra posición es que no existe una obligación de negociar la entrega de territorio nacional a Bolivia. La Corte ya determinó que este no es un caso para reclamar un pedazo del territorio chileno. Esa puede haber sido la pretensión de Bolivia, pero como resultado de la objeción preliminar interpuesta por Chile, esa pretensión boliviana no es parte de este caso.

-¿No habría, entonces, obligación de negociar territorio?

-Nuestra posición sólidamente fundamentada es también que no estamos en presencia de una obligación de resultado que implique una cesión territorial a hacerse efectiva a través de negociaciones.

-¿Por qué?

-Una negociación implica la consideración de intereses comunes para ambas partes y la existencia de un espacio legítimo resguardado por el derecho internacional de respeto a la soberanía. En tercer lugar, como se determinó en el fallo de la objeción preliminar, tampoco le corresponde a la Corte pronunciarse sobre el resultado de una negociación entre Chile y Bolivia.

Alegatos del 19 al 28 de marzo

-¿Cómo se ha preparado Chile para enfrentar los alegatos orales que se realizarán del 19 al 28 de marzo?

-Con el mayor rigor profesional y amplias consultas a todos los sectores. Nos hemos abocado a un esfuerzo sostenido por un largo tiempo. Cuando asumí como agente, en diciembre del 2016, una primera etapa de trabajo comprendió el periodo previo a la presentación de la réplica de Bolivia realizada el 21 de marzo de 2017. La segunda correspondió al tiempo que media entre dicho acto y la presentación de la dúplica de Chile, el 15...

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