CORPESCA S.A. 96.893.820-7 - 28 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 853599525

CORPESCA S.A. 96.893.820-7

Fecha de publicación28 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1872589
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.840
CVE 1872589 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.840 | Lunes 28 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1872589
EXTRACTO
Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría
de Santiago, domiciliado Huérfanos 1.160, subsuelo, comuna de Santiago, Región
Metropolitana, suplente del titular don Félix Jara Cadot, certifico: Que en Junta General
Extraordinaria de Accionistas de CORPESCA S.A., celebrada con fecha 14 diciembre 2020,
cuya acta se redujo a escritura pública ante mí, con fecha 21 diciembre 2020, se modificaron los
estatutos de sociedad indicada precedentemente, escritura de la cual paso a extractar lo siguiente:
Se acordó modificar el objeto social, agregando al mismo las siguientes actividades: Refinación e
hidrogenación de aceite de pescado; pesaje, romaneo y arrendamiento de estanques;
almacenamiento de aceite de pescado, sus derivados y otros graneles líquidos; establecer
laboratorios para el control de calidad y para el análisis químico y microbiológico de los
productos de la propia industria y otros relacionados; todo lo indicado por cuenta propia o
prestando estos servicios a terceros.- Para lo anterior, se acordó sustituir el texto del “Artículo
Tercero” permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Tercero: La sociedad
tiene por objeto la extracción, pesca o caza de seres u organismos que tengan en el agua su medio
normal de vida; la congelación, conservación, elaboración y transformación de esos seres u
organismos; la explotación de la industria pesquera en general y sus derivados; la elaboración e
industrialización de harina y aceite de pescado y sus derivados; refinar e hidrogenar aceite de
pescado, sea por cuenta propia o prestando estos servicios a terceros; la fabricación de conservas
y de otros productos de consumo humano, animal o de aplicación industrial, cuya materia prima
sea extraída del océano, los lagos, de sus costas o de los ríos; prestar servicios de pesaje,
romaneo y de arrendamiento de estanques y servicios de almacenamiento de aceite de pescado y
sus derivados y de otros graneles líquidos; establecer laboratorios para el control de calidad y
para el análisis químico y microbiológico de los productos de la propia industria y otros
relacionados, pudiendo también prestar estos servicios a terceros; importar, exportar, comprar y
vender toda clase de insumos y elementos para la industria pesquera en general y la industria de
sus derivados; las actividades de acuicultura; la explotación del transporte marítimo, aéreo,
terrestre o fluvial, en todas sus formas y, en general, la explotación, industrialización y
aprovechamiento de toda clase de productos, subproductos y derivados de la riqueza marina,
lacustre o fluvial. La sociedad podrá realizar su giro directamente o asociándose con terceros en
cualquier forma, pudiendo para estos efectos también actuar como gestor en asociaciones o
cuentas en participación”.- Demás cláusulas, constan escritura que extracto.- Santiago, diciembre
23 de 2020.-

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