COOPERATIVA DE TRABAJO EN MANEJOS FORESTALES DE LA PAMPA DEL TAMARUGAL LIMITADA - 1 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876379103

COOPERATIVA DE TRABAJO EN MANEJOS FORESTALES DE LA PAMPA DEL TAMARUGAL LIMITADA

Fecha de publicación01 Octubre 2021
Número de registroCVE-2018768
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.067
CVE 2018768 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.067 | Viernes 1 de Octubre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2018768
EXTRACTO
FELIPE ANDRES JOPIA NAVARRO, abogado, Notario Público Interino de la Segunda
Notaría de la Comuna de Iquique, en calle Serrano número ciento noventa y uno, certifico que
fue reducida a escritura pública con fecha veintinueve de julio del año dos mil veintiuno, ante mí,
Don ERNESTRO ALEJANDRO BARREDA DIAZ, chileno, casado, empresario, cédula de
identidad y rol único tributario número cuatro millones novecientos ocho mil cuatrocientos
treinta y ocho guión dos, domiciliado en calle Tamarugal número tres mil ciento treinta y ocho,
de la ciudad de Iquique, procedió a reducir a escritura pública, el Acta de Junta General de
Socios del dieciséis de junio del año dos mil veintiuno de la “COOPERATIVA DE TRABAJO
EN MANEJOS FORESTALES DE LA PAMPA DEL TAMARUGAL LIMITADA” también
denominada “BRIQUETAS Y CARBON DEL TAMARULGAL”, mediante la cual se aprueban
los siguiente acuerdos: 1. La Junta General de Socios decide que: Ernesto Barreda Diaz continua
como presidente. Abrahán Fernández Mamani continua como secretario. Elisabeth Huanca
López asume como gerenta, Bertha Flores Ramírez asume como inspectora de cuenta, Tomasina
Mamani Moscoso continua como encargada de educación. 2. Se fija ingreso de nuevos socios en
$15.000.000 al contado. 3. Se aprueba la reforma al estatuto en los artículos que se mencionan a
continuación de los acuerdos. 4. Se fijan las cuotas mensuales en $5.000 5. Debido a la
incorporación del terreno, galpón y maquinaria, la cooperativa tiene un patrimonio de
$76.000.000 6. Se aprueba la memoria y el balance anual. Se realizan modificaciones a la
escritura pública de constitución en los artículos que se indican a continuación: Artículo 2:
DOMICILIO: ‘’La Cooperativa esta domiciliada en CALLE SANTA ROSA VIA LOCAL
NUMERO 1, CASA 514, COMUNA DE POZO ALMONTE, pudiendo establecer agencias,
sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Artículo 6: ‘’El aporte
de los socios personas naturales deberán consistir necesariamente en el trabajo que se obliguen a
realizar, sin perjuicio de los aportes que hagan en dinero, bienes muebles o inmuebles. El aporte
de cada socio persona natural de acuerdo a lo señalado anteriormente, será de la siguiente
manera: Ernesto Barreda Díaz en su calidad de socio aporta a la cooperativa como Supervisor de
la Planta de Briqueta con una jornada de 48 horas mensuales, valorizado en $300.000; Abraham
Fernández Mamani en su calidad de socio aporta a la cooperativa como Supervisor de la Planta
de Briqueta con una jornada de 48 horas mensuales, valorizado en $300.000; Berta Flores
Ramírez en su calidad de socio aporta a la cooperativa como Supervisor de la Planta de Briqueta
con una jornada de 48 horas mensuales, valorizado en $300.000; Elizabeth Huanca López en su
calidad de socio aporta a la cooperativa como Supervisor de la Planta de Briqueta con una
jornada de 48 horas mensuales, valorizado en $300.000; Tomasina Mamani Moscoso en su
calidad de socio aporta a la cooperativa como Supervisor de la Planta de Briqueta con una
jornada de 48 horas mensuales, valorizado en $300.000. El capital social es de $76.000.000,
dividido en 760 cuotas de participación, de un valor inicial de $100.000, que los socios suscriben
y pagan así: a) con $1.000 que cada socio aporta en este acto a la caja social, en dinero en
efectivo; y b) el saldo equivalente a $15.199.000 por cada socio, será aportado en el plazo de 6
meses contados desde su autorización de existencia legal, en cuotas iguales, mensuales y
sucesivas, pudiéndose adelantar pagos por este concepto. Quienes ingresen con posterioridad a la
constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 152 Cuotas de
Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta
General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al 31 de diciembre del año
inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se
actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento
de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo
inicial el que se fija en este Estatuto”. Artículo 13: RESERVAS: ‘’Las Reservas son incrementos
efectivos de Patrimonio y tienen su origen en disposiciones legales, el presente Estatuto Social, y
en acuerdos de la Junta General Obligatoria. Los Fondos de Reserva tienen por objeto

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