COOPERATIVA DE TRABAJO DESCUBRE CARAMUCHO LIMITADA - 13 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878054771

COOPERATIVA DE TRABAJO DESCUBRE CARAMUCHO LIMITADA

Fecha de publicación13 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2041113
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.102
CVE 2041113 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.102 | Sábado 13 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2041113
EXTRACTO
CARLOS ERNESTO VILA MOLINA, abogado, notario público titular de la Cuarta Notaría
de Iquique, Patricio Lynch 525, certifica: Por escritura pública 02.11.2021, ante mí, RUTH
ESTER GONZALEZ SEPULVEDA, San Martín Nº 255, oficina 95, Iquique, reduce a escritura
pública ACTA DE JUNTA GENERAL ESPECIALMENTE CITADA DE SOCIOS
COOPERATIVA DE TRABAJO DESCUBRE CARAMUCHO LIMITADA, que modifica
estatutos de Cooperativa de Trabajo Descubre Caramucho Limitada, Rut 53.331.807-K
Constituida con fecha 4 de Julio de 2018, a través de escritura pública otorgada en Notaria de
don CARLOS VILA MOLINA de Iquique, repertorio 2675 del año 2018, inscrita Fs. 938 v N°
654 en Reg. Comercio CBR Iquique, año 2018 y publicada en D. Oficial Nº 4.847, fecha 9 de
Julio 2018. La modificación consiste en a) Modificación de la Razón social b) Modificación del
objeto social contenido en el artículo 4 de sus estatutos, c) Capital social, contenido en el artículo
6 de los estatutos sociales d) Modificación del fondo de reserva al siguiente tenor: “a)
Sustitúyase el actual artículo 1 de las estatutos por el siguiente: “RAZÓN SOCIAL: La
cooperativa se denominará “Cooperativa de servicios turísticos descubre Caramucho”, su nombre
de fantasía será “Descubre Caramucho” y se regirá por este estatuto, la ley general de
cooperativas, su reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables” b)
Sustitúyase el actual artículo 4º de los estatutos por el siguiente: “OBJETO SOCIAL: La
Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la prestación de toda clase de servicios
turísticos y deportivos a la comunidad en general, logrando con ello una mejor calidad de vida de
sus cooperados” c) Sustitúyase el actual inciso 1º y 2º del artículo 6º de sus estatutos por el
siguiente texto: “El capital inicial suscrito y pagado es de $210.000 pesos, dividido en 2100
cuotas de participación, de un valor inicial de $100 pesos cada una, correspondiendo a cada socio
100 cuotas. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán
suscribir y pagar el número mínimo de 100 cuotas de participación, cuyo valor será el resultado
de la materialización de la junta general obligatoria que se pronuncie sobre el balance al 31 de
diciembre del año inmediatamente anterior” en lo demás se mantiene el texto original. d) En el
artículo 13 de los estatutos, relativo a reserva, sustitúyase el actual inciso segundo, del numeral 1,
por el siguiente texto, “La cooperativa constituirá o incrementará anualmente el fondo de reserva
obligatoria en un 18% de su remanente anual, el que se destinará a cubrir las pérdidas que se
produzcan y tendrá el carácter de irrepartible mientras dure la vigencia de la cooperativa. Así
mismo, la cooperativa deberá constituir e incrementar cada año un fondo de provisión del 2% de
sus remanentes, destinado sólo a la devolución de cuotas de participación, en casos
excepcionales, según lo dispuesto en el artículo 19 de la ley general de cooperativas, denominado
“fondo 2% de reserva”, en lo demás se mantiene el texto del referido artículo. “en lo demás se
mantendrá plenamente vigente los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura señalada.
Iquique 2.11.2021.

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