COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SERVICIOS, AGROPECUARIA, TURISMO Y TRANSPORTE MISHKIHUE - 25 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 866173407

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SERVICIOS, AGROPECUARIA, TURISMO Y TRANSPORTE MISHKIHUE

Fecha de publicación25 Marzo 2021
Número de registroCVE-1915760
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.914
CVE 1915760 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.914 | Jueves 25 de Marzo de 2021 | Página 1 de 4
Empresas y Cooperativas
CVE 1915760
EXTRACTO
ELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de
Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura
pública de hoy, ante mí, doña VALESKA ALEJANDRA GARCIA ECHEVERRIA, chilena,
soltera, asistente contable, c.n.i. 13.815.461-9, psje. Chabunco 02767, Temuco,r redujo a
escritura pública Acta del JUNTA GENERAL DE SOCIOS de la COOPERATIVA
MULTIACTIVA DE SERVICIOS, AGROPECUARIA, TURISMO Y TRANSPORTE
MISHKIHUE, cuya acta constitutiva consta en escritura pública Repertorio número 2630-2018
ante Notario de Puerto Varas.don Bernardo Patricio Espinosa Bancalari, extracto fue publicado
en el Diario Oficial 42.124 de fecha 4de agosto de 2018, inscrito en fojas 20 número 12del
Registro de Comercio del Conservador y Archivero de Pitrufquen. Junta celebrada el 19 de
Noviembre de 2020 en Sede Comunitaria Pasaje Los Canelos 525, comuna de Gorbea, siendo las
10,30 hrs. con la asistencia de 7 socios, que reforma algunos artículos del Estatuto Social. A
saber, ARTCULO PRIMERO, se modifica razón social. ARTICULO TERCERO: se modifica
inciso primero; ARTICULO DECIMO CUARTO. Se agrega a la letra c) el numeral seis. La
calidad de socio se pierde: ….. c) Por exclusión acordada por el Consejo de Administración ó de
quién haga sus veces, fundada en algunas de las siguientes causales: ….. Seis. Contar con tres
inasistencia consecutivas injustificadas a junta general obligatoria o especialmente citada. …...
ARTICULO DECIMO QUINTO: se modifica en su le tra b Todo socio podrá renunciar a la
Cooperativa en cualquier tiempo, siempre que ella no se encuentre en alguna de las siguientes
situaciones: …... b) Encontrarse en un procedimiento concursal de reorganización o liquidación
ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. …. ARTICULO DECIMO
SEPTIMO: .Se modifica inciso primero. Las personas que hayan perdido su calidad de socio por
renuncia, exclusión o fallecimiento y las personas jurídicas que hayan perdido su personalidad
jurídica, tendrán derecho a la devolución de las cuotas de participación debidamente actualizadas
de acuerdo a la variación experimentada por el valor de la Unidad de Fomento entre la fecha del
último balance y la fecha de la devolución, pero sin intereses, y las sumas que les correspondan
como participación en los excedentes, con deducción del porcentaje que les corresponda en las
pérdidas sociales de acuerdo al balance al treinta y uno de diciembre anterior a la fecha de
pérdida de la calidad de socio. .. ARTICULO VIGECIMO: Se actualiza capital y se actualiza
estructura de cuotas de participación ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO: se modifica el
párrafo a gregando al principio Para efectos tributarios. ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO Se
modifica letra i) QUINCUAGÉSIMO CUARTO: Se modifica inc. primero. Se modifica párrafo
completo en ARTICULOS DECIMO OCTAVO, VIGECIMO NOVENO, TRIGESIMO,
TRIGESIMO PRIMERO, TRIGESIMO CUARTO, TRIGESIMO NOVENO:
CUADRAGÉSIMO:. CUADRAGÉSIMO TERCERO, QUINCUAGÉSIMO TERCERO:
SEXTUAGESIMO, SEXTUAGESIMO PRIMERO: y ARTICULO SEXTUAGESIMO SEXTO.
La junta general de socios aprueba por unanimidad la modificación de los artículos señalados, los
cuales serán parte del Estatuto Social Refundido.. La cooperativa se denominará
COOPERATIVA MULTIACTIVA MISHKIHUE, su nombre de Fantasía será C.M.M. y se
regirá por este estatuto, la Ley General de Cooperativas, su reglamento y las demás disposiciones
legales que le sean aplicables. Domiciliada en la comuna de Gorbea, pudiendo establecer
agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Tiene como
objetivo dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes,
productos y servicios, relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial,
prestación de servicios agropecuarios, turismo y transporte, con el objeto de procurar un mayor
rendimiento de ella y que actúan preferentemente en un medio rural y propenden al desarrollo
social, económico y cultural de sus socios. Para el cumplimiento de sus objetivos la cooperativa,
sin que la siguiente enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualquiera de las
actividades que a continuación se indican: 1.- Prestación de servicios para la industria agrícola,

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