Cooperativa Campesina Aymara Textil de Camiña - 22 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 972898140

Cooperativa Campesina Aymara Textil de Camiña

Número de registroCVE-2426204
Fecha de publicación22 Diciembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.732
CVE 2426204 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.732 | Viernes 22 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2426204
EXTRACTO
FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino
de la Primera Notaría de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico que Por escritura pública de fecha
15 de septiembre de 2023, repertorio N° 2133, ante mí: Doña NATALIA PATRICIA BRAVO
ARAYA, chilena, soltera, socióloga, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario
número trece millones cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guión
cinco, domiciliada para estos efectos en Pasaje Graneros número dos mil trescientos dieciséis,
comuna de Iquique; mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula citada y, expone
Que por este acto reduce a escritura pública: RESUMEN EXTRACTO, ACTA JUNTA
GENERAL DE SOCIAS Y SOCIOS “COOPERATIVA CAMPESINA AYMARA TEXTIL DE
CAMIÑA”. cuyo tenor es el siguiente “RESUMEN EXTRACTO, ACTA JUNTA GENERAL
DE SOCIAS y SOCIOS DE LA COOPERATIVA CAMPESINA AYMARA TEXTIL DE
CAMIÑA TAMBIÉN “ARTESANAS DE CAMIÑA”.- En Camiña, provincia del Tamarugal,
Región de Tarapacá, con fecha diecisiete de julio del dos mil veintitrés, siendo las nueve horas
con treinta minutos, en sede Junta de Vecinos, de la Comuna de Camiña, se inicia la sesión de
Junta General de Socias de la Cooperativa Campesina Aymara Textil de Camiña, presidida por
don/doña Malvi Morales Supante, presidenta del Comité Organizador, actuando como secretaria
Presente Vilchez Castro, y con la asistencia de once personas que concurren a la elección del
Consejo de Administración, Inspectora de Cuentas de la Cooperativa, quienes se individualizan
con sus respectivas cédulas de identidad en la nómina que se acompaña al final de la presente
acta. Quien preside agradece la asistencia de los presentes, y expresa que como puntos de la tabla
corresponde aprobar y presentar en lo particular y en lo general: situación de la cooperativa,
balance y memoria; excedentes y remanentes; el texto íntegro de su Estatuto Social modificado;
y la elección del Consejo de Administración e Inspectora de Cuentas de la Cooperativa. Acuerdo
uno en relación a la situación actual de la Cooperativa, balance y memoria. Se aprueba por
unanimidad el balance presentado del dos mil veintidós. Se requiere a la brevedad modificar la
representante legal y listados de artesanas ante el SII. Acuerdo dos en relación a los excedentes y
remanentes. Se acuerda volver a revisar este punto, de los excedentes y remanentes una vez
subsanadas las observaciones a rendición de proyecto PDI Asociativo dos mil diecinueve:
Fortalecimiento de propuestas de encadenamientos productivos y cadenas de valor para la
consolidación en el mercado nacional. Proyecto que aún tiene pendiente la compra de insumos y
rendición de estos últimos. Acuerdo tres en relación a la Modificación de los estatutos Se
modifican los estatutos acorde a lo establecido en recomendaciones realizadas por el DAES. En
atención a observación del DAES: “Al respecto, cumplimos en informar, que de conformidad a
lo dispuesto en el artículo seis de la LGC, la división del capital de la Cooperativa debe
realizarse en un número de cuotas de participación, las cuales deberán ser múltiplos de cien. Por
lo anterior, la Cooperativa deberá eliminar el signo y la palabra pesos consignados en el artículo
seis de los estatutos”. Se modifica el artículo seis quedando de la siguiente manera: ARTÍCULO
seis: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $ seiscientos mil, dividido en cien
Cuotas de Participación, de un valor inicial de $cien pesos cada una. Quienes ingresen con
posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo
de cien cuotas de participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos
de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al treinta y uno de diciembre
del año inmediatamente anterior. Además, se deberá pagar una cuota de incorporación la cual
será definida por la Asamblea General de socias, ya sea en la Asamblea obligatoria o Asamblea
Extraordinaria especialmente citada. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de
Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca
el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado tendrá
como mínimo inicial el que se fija en éste Estatuto. En atención a observación del DAES:
"Respecto al artículo trece de los estatutos, el cual regula las reservas obligatorias que deberá

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