Decreto núm. 661, publicado el 25 de Septiembre de 1987. PROMULGA ACUERDO SOBRE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE TAILANDIA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470817246

Decreto núm. 661, publicado el 25 de Septiembre de 1987. PROMULGA ACUERDO SOBRE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE TAILANDIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA ACUERDO SOBRE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE TAILANDIA

N° 661

AUGUSTO PINOCHET UGARTE

Presidente de la República de Chile

POR CUANTO, con fecha 10 de octubre de 1986 se suscribió en Bangkok el Acuerdo sobre Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Tailandia.

Y POR CUANTO, dicho Acuerdo ha sido aceptado por mí, previa aprobación de la Honorable Junta de Gobierno, según consta en el Acuerdo adoptado con fecha 23 de junio de 1987.

POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 N° 17 y 50 número 1) de la Constitución Política de la República, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley y que se publique copia autorizada su texto en el Diario Oficial.

Dado en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos ochenta y siete.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Ricardo García Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Carlos Negri Chiorrini, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO SOBRE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO DE TAILANDIA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Tailandia (de ahora en adelante denominados las Partes Contratantes),

Sobre la base de las relaciones amistosas axistentes entre los dos países y en vista del interés común en el adelanto del desarrollo científico y tecnológico vinculado al mutuo perfeccionamiento de la calidad de vida de sus pueblos,

Y de acuerdo con los principios de igualdad y beneficio mutuos, han acordado lo siguiente:

ARTICULO 1

Las Partes Contratantes promoverán, de conformidad con sus respectivas leyes y reglamentos, la cooperación científica y técnica entre sus dos Estados.

ARTICULO 2

En virtud del presente Acuerdo, la cooperación podrá adoptar las modalidades siguientes:

  1. Intercambio de información científica y tecnológica;

  2. Disponibilidad de personal técnico para la transferencia de conocimientos y experiencias científicos y técnicos;

  3. Intercambio de personal técnico...

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