Decreto 87 - PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE LETONIA SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, OFICIALES Y DE SERVICIO
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 4 de Enero de 2013 |
PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE LETONIA SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, OFICIALES Y DE SERVICIO
Núm. 87.- Santiago, 20 de julio de 2012.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 23 de septiembre de 2010, el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Letonia suscribieron, en Nueva York, el Convenio sobre Exención del Requisito de Visa para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio.
Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 9.860, de 15 de diciembre de 2011, de la Honorable Cámara de Diputados.
Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9, del referido Convenio y, en consecuencia, éste entró en vigor internacional el 13 de abril de 2012.
Decreto:
Promúlgase el Convenio entre Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Letonia sobre Exención del Requisito de Visa para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio, suscrito en Nueva York, el 23 de septiembre de 2010; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE LETONIA SOBRE EXENCIÓN DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS, OFICIALES Y DE SERVICIO
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Letonia, en adelante denominados las "Partes",
Deseando estrechar los lazos de amistad entre ambos Estados,
Han acordado lo siguiente:
-
Los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio válidos emitidos por la República de Letonia podrán ingresar al territorio de la República de Chile en múltiples oportunidades y permanecer en dicho territorio por un período no superior a noventa (90) días durante medio año sin obtener visa. Dicho período podrá ser renovado por las...
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