Decreto núm. 296, publicado el 14 de Junio de 1986. PROMULGA EL CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y LA ZONA COSTERA DEL PACIFICO SUDESTE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497499938

Decreto núm. 296, publicado el 14 de Junio de 1986. PROMULGA EL CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y LA ZONA COSTERA DEL PACIFICO SUDESTE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y LA ZONA COSTERA DEL PACIFICO SUDESTE

N° 296.-

AUGUSTO PINOCHET UGARTE

Presidente de la República de Chile

POR CUANTO, con fecha 12 de noviembre de 1981 se suscribió en Lima, Perú, el Convenio para la Protección del Medio Ambiente y la Zona Costera del Pacífico Sudeste, cuyo texto íntegro y exacto se acompaña.

Y POR CUANTO, dicho Convenio ha sido aceptado por mí, previa aprobación de la Honorable Junta de Gobierno, según consta en el Acuerdo adoptado con fecha 26 de noviembre de 1985, y se efectuó el depósito del Instrumento de Ratificación el 20 de marzo de 1986, en Bogotá, Colombia, en la Sede de la Comisión Permanente del Pacífico Sur.

POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32, N° 17 y 50 N° 1) de la Constitución Política del Estado, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley de la República y que se publique copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Dado en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, a los siete días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Jaime del Valle Alliende, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Carlos Negri Chiorrini, Embajador, Director General Administrativo.

CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE Y LA ZONA COSTERA DEL PACIFICO SUDESTE

Las altas partes contratantes

Conscientes de la necesidad de proteger y preservar el medio marino y la zona costera del Pacífico Sudeste contra todos los tipos y fuentes de contaminación;

Convencidas del valor económico, social y cultural del Pacífico Sudeste como medio de vinculación de los países de la región;

Considerando que los diferentes convenios internacionales vigentes en materia de contaminación marina no cubren, a pesar de todo el progreso realizado, todos los tipos y fuentes de contaminación y no satisfacen, totalmente, las necesidades y exigencias de los países de la región;

Reconociendo la conveniencia de cooperar en el plano regional, directamente o utilizando el concurso de la Comisión Permanente del Pacífico Sur o de otras organizaciones internacionales importantes, para proteger y preservar dicho medio marino y zona costera.

Han acordado el siguiente:

CONVENIO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO MARINO Y LA ZONA COSTERA DEL PACIFICO SUDESTE

ARTICULO 1

Ambito Geográfico

El ámbito de aplicación del presente Convenio será el área marítima y la zona costera del Pacífico Sudeste dentro de la zona marítima de soberanía y jurisdicción hasta las 200 millas de las Altas Partes Contratantes y más allá de dicha zona, el alta mar hasta una distancia en que la contaminación de ésta pueda afectar a aquélla.

Para los efectos del presente Convenio, cada Estado definirá su zona costera.

ARTICULO 2

Definiciones

A los efectos del presente Convenio:

a) Se entiende por "contaminación del medio marino" la introducción por el hombre, directa e indirectamente, de sustancias o de energía en el medio marino (inclusive los estuarios) cuando produzca o pueda producir efectos nocivos tales como daños a los recursos vivos y la vida marina, peligros para la salud humana, obstaculización de las actividades marítimas, incluso la pesca y otros usos legítimos del mar, deterioro de la calidad del agua del mar para su utilización y menoscabo de los lugares de esparcimiento;

b) Por "Autoridad Nacional" se entiende la autoridad designada por cada Parte de conformidad con el artículo 9.

c) Por "Secretaría Ejecutiva" se entiende el organismo indicado en el artículo 13 de este Convenio.

ARTICULO 3

Obligaciones generales

  1. - Las Altas Partes Contratantes se esforzarán, ya sea individualmente o por medio de la cooperación bilateral o multilateral, en adoptar las medidas apropiadas de acuerdo a las disposiciones del presente Convenio y de los instrumentos complementarios en vigor de los que sean parte, para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino y zona costera del Pacífico Sudeste y para asegurar una adecuada gestión ambiental de los recursos naturales.

  2. - Además del "Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos u otras Sustancias Nocivas en Casos de Emergencia", las Altas Partes Contratantes cooperarán en la elaboración, adopción y aplicación de otros protocolos que establezcan reglas, normas y prácticas y procedimientos para la aplicación de este Convenio.

  3. - Las Altas Partes Contratantes procurarán que las leyes y reglamentos que expidan para prevenir, reducir y controlar la contaminación de su respectivo medio marino y zona costera, procedente de cualquier fuente, y para promover una adecuada gestión ambiental de éstos, sean tan eficaces como aquellas normas vigentes de carácter internacional.

  4. - Las Altas Partes Contratantes cooperarán, en el plano regional directamente o en la colaboración con las organizaciones internacionales competentes, en la formulación, adopción y aplicación de reglas, normas y prácticas y procedimientos vigentes para la protección y preservación del medio marino y zona costera del Pacífico Sudeste, contra todos los tipos y fuentes de contaminación, como asimismo para promover una adecuada gestión ambiental de aquellos, teniendo en cuenta las características propias de la región.

    Tales reglas, normas y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR