Decreto núm. 56, publicado el 22 de Marzo de 1986. APRUEBA CONVENIO EN VIRTUD DEL CUAL EL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA ENTREGA A LA CORPORACION PRIVADA DE DESARROLLO DE CURICO LA ADMINISTRACION DEL LICEO POLITECNICO B No. 22 DE CONSTITUCION - MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497518466

Decreto núm. 56, publicado el 22 de Marzo de 1986. APRUEBA CONVENIO EN VIRTUD DEL CUAL EL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA ENTREGA A LA CORPORACION PRIVADA DE DESARROLLO DE CURICO LA ADMINISTRACION DEL LICEO POLITECNICO B No. 22 DE CONSTITUCION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIO EN VIRTUD DEL CUAL EL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA ENTREGA A LA CORPORACION PRIVADA DE DESARROLLO DE CURICO LA ADMINISTRACION DEL LICEO POLITECNICO B No. 22 DE CONSTITUCION

Núm. 56.- Santiago, 11 de Febrero de 1986.

Considerando:

  1. - Que el Ministerio de Educación Pública está consciente de que la enseñanza que actualmente imparte en los establecimientos de educación media técnico profesional adolece de deficiencias que se traducen en una insuficiente preparación de los técnicos titulados en estas escuelas paro su desempeño posterior en el campo laboral;

  2. - Que, por lo tanto, resulta indispensable adoptar las medidas necesarias para el mejoramiento cualitativo de esta enseñanza, a fin de que los distintos sectores de la producción que requieren del concurso de estos técnicos puedan contar con los recursos humanos más calificados;

  3. - Que, para ello, deben considerarse los recursos humanos y materiales con que cuentan actualmente estos establecimientos y la posibilidad de aprovechar la cooperación de organismos del sector privado a quienes interese poder contar con técnicos de nivel medio más idóneos y eficaces;

  4. - Que, para lograr lo anterior es necesario y conveniente propender a la integración de los establecimientos educacionales destinados a la formación de los técnicos con las organizaciones empresariales correspondientes;

  5. - Que, es necesario considerar, además, la capacidad instalada y los recursos humanos y materiales con que actualmente cuentan estos establecimientos educacionales, la necesidad de incorporar a ellos la tecnología más moderna en la especialidad y, al mismo tiempo, las características y demanda del campo ocupacional para estos técnicos; y

Visto: Lo dispuesto en el decreto ley No. 3.166, de 1980; en el decreto supremo No. 5.077, de Educación, de 1980; en los Artículos 24, 32 No. 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en la Resolución No. 1.050 de 31 de Julio de 1980, de la Contraloría General de la República: y en el decreto supremo No. 632, de Educación de 01 de Julio de 1983 en su Artículo 1°, letra j), dicto el siguiente

Decreto:

Artículo 1°

Apruébase el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y la Corporación Privada de Desarrollo de Curicó, en virtud del cual se entrega a esta última la administración del Liceo Politécnico B No. 22 de Constitución, Séptima Región, cuyo texto es el siguiente;

CONVENIO En Santiago de Chile, a 17 de enero de 1986, entre el Ministerio de Educación Pública, representado por el señor Ministro de Educación Pública, don Sergio Gaete Rojas, ambos domiciliados en esta ciudad, Avenida Libertador General Bernardo O'Higgins No. 1371, 7° piso, en adelante, "El Ministerio", por una parte; y por la otra la Corporación Privada de Desarrollo de Curicó, persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, cuya existencia legal est autorizada por Decreto Supremo No. 061 de fecha 10 de enero de 1979 del Ministerio de Justicia; representada por su Presidente don Rodrigo Frías Donoso, agricultor, y por su Gerente General don Guillermo Crespo Crisóstomo, ingeniero agrónomo, ambos domiciliados en la ciudad de Curicó, calle Merced No. 130, en adelante, "la Corporación", se celebra el siguiente Convenio:

PRIMERO: Tanto "el Ministerio" como "la Corporación" est n interesados en el mejoramiento cualitativo de la Educación Técnico-Profesional con el objeto de contar con técnicos de nivel medio m s eficientes, por lo que, para conseguir esta finalidad se ha estimado indispensable propender a la integración, en la medida posible, de los Establecimientos Educacionales donde se forman estos técnicos con personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, cuyo objeto principal diga directa relación con las finalidades perseguidas con la creación del respectivo Establecimiento Educacional. SEGUNDO: De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley No. 3.166, reglamentado por el Decreto Supremo de Educación No. 5.077, ambos de 1980, "el Ministerio", entrega a "la Corporación" la administración del Liceo Politécnico B No. 22, de Constitución que imparte educación técnico profesional de nivel medio. "La Corporación" acepta y asume la responsabilidad que se le confía.

La entrega del Liceo Politécnico B No. 22 de Constitución se har en conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas en esta clausula.

En cumplimiento con lo prescrito en el Artículo 3° del Decreto Supremo de Educación No. 5.077 de 1980, se señala que el número de funcionarios, de cursos y la cantidad general de alumnos de dicho establecimiento educacional, a la fecha de este Convenio es la siguiente:

Número de funcionarios: 56 Número de curso: 20 Número de alumnos: 693 TERCERO: De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 2° No. 3 del Decreto Ley No. 3.166 y en el Artículo 3° letra C) No. 9 del Decreto Supremo de Educación No.

5.077, ambos de 1980, se señala que el personal que a la fecha de este Convenio se desempeña. en funciones docentes superiores, docentes propiamente tales, administrativos y de servicios en el Liceo Politécnico B No. 22 de Constitución y que no continuar prestando servicios al Estado como consecuencia de la entrega de la administración del establecimiento, con identificación de su función, título, calidad jurídica de nombramiento y...

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