Decreto núm. 485, publicado el 22 de Julio de 1991. ACUERDO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA MINERIA Y LA GEOLOGIA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471003034

Decreto núm. 485, publicado el 22 de Julio de 1991. ACUERDO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA MINERIA Y LA GEOLOGIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

ACUERDO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA MINERIA Y LA GEOLOGIA

N° 485

ENRIQUE KRAUSS RUSQUE

Vicepresidente de la República de Chile

POR CUANTO, con fecha 22 de marzo de 1991 se suscribió entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Oriental del Uruguay el Acuerdo Complementario sobre Cooperación en el Campo de la Minería y la Geología.

Y POR CUANTO, dicho Acuerdo fue adoptado en virtud de lo dispuesto en el Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica, suscrito el 20 de septiembre de 1975 y publicado en los Diarios Oficiales de 19 de junio y 7 de julio de 1976.

POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32, N° 8, y 17 y 50 N° 1) inciso segundo, de la Constitución Política de la República, dispongo y mando que se cumpla este Acuerdo en todas sus partes y que se publique copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

DADO en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministerio de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, a los diecinueve días del mes de Abril de mil novecientos noventa y uno.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- ENRIQUE KRAUSS RUSQUE, Vicepresidente de la República.- Edmundo Vargas Carreño, Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Aliro Verdugo Lay, Director General Administrativo.

ACUERDO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO BASICO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY SOBRE COOPERACION EN EL CAMPO DE LA MINERIA Y LA GEOLOGIA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay.

Inspirados por el deseo de desarrollar la cooperación científica y técnica, de conformidad con lo dispuesto por el Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, firmado el 20 de septiembre de 1975.

Reconociendo la importancia que las áreas de minería y geología revisten para el desarrollo técnico, industrial y comercial de ambos países,

Acuerdan lo siguiente:

Artículo I

El Gobierno de la República de Chile designa como institución responsable para la ejecución del...

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