Convencionales proponen quorum más alto que mayoría simple para aprobar reformas constitucionales, pero rebajan los actuales
Una serie de indicaciones sobre diversas materias presentaron integrantes de la comisión de Sistemas de justicia, órganos autónomos de control y reforma constitucional de la Convención hasta la medianoche del viernes.Una de ellas es sobre "Reforma y reemplazo" de nueva Constitución. Fue propuesta por un grupo de 13 convencionales -de Pueblo Constituyente, escaños reservados, Colectivo Socialista e independientes- y es la que tiene mayor consenso al interior de la instancia.Entre otras cosas, la indicación establece que cualquier reforma constitucional aprobada en el Congreso deberá ser ratificada en un plebiscito y que los proyectos de ley que pretendan reformar la Carta Fundamental podrán ser iniciados por un mensaje presidencial, una moción de congresistas y por medio de "una iniciativa popular". También consigna que estas modificaciones se tramitarán en el Congreso "conforme a las reglas generales establecidas para la formación de ley", pero deberán ser aprobadas por un quorum mayor que el que se aplica para una ley ordinaria y, a la vez, menor que los actuales de 3/5 -en términos generales- y de 2/3 -en el caso de apartados específicos, como aquel de derechos y deberes constitucionales, Tribunal Constitucional, bases de la institucionalidad, entre otros-, según el capítulo XV de la actual Constitución."Para su aprobación, el proyecto de reforma necesitará del voto conforme al quorum de 4/7 de las y los parlamentarios en ejercicio", indica la propuesta. Así, con la actual composición, esto implicaría que en el Senado para ser aprobada una reforma se requerirá de 29 votos de 50; mientras que en la Cámara de Diputados, de 89 de 155.Se plantea, además, que todo proyecto de reforma constitucional deberá señalar expresamente de qué forma se agrega, altera, reemplaza o deroga una norma de la Constitución: "Serán aplicables a la tramitación de los proyectos de reforma constitucional las normas sobre formación de la ley, debiendo respetarse siempre el quorum señalado (...). Los proyectos de reforma no podrán suprimir derechos fundamentales reconocidos en esta Constitución".Posibilidad de realizar cambios oportunos, dicen quienes impulsan textoEl convencional Mauricio Daza (Independientes por una Nueva Constitución), uno de los promotores de la indicación, cree que "es razonable exigir un quorum más elevado que el general, de mayoría simple, para que el Congreso apruebe una reforma constitucional, cualquiera que sea la materia sobre la cual...
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