Contreras - Roa - 1 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878723246

Contreras - Roa

Número de registroCVE-2043924
Fecha de publicación01 Diciembre 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.117
CVE 2043924 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.117 | Miércoles 1 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 10
Publicaciones Judiciales
CVE 2043924
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, de la ciudad de Antofagasta, en causa
RUC: 21-4-0318150-9, RIT: M-80-2021, caratulado “CONTRERAS/ROA”, se ha ordenado
notificar a la demandada MARCELA ROCIO ROA ORJUELA, RUT 23.179.562-6, mediante
aviso que deberá ser publicado en el Diario Oficial, conforme lo dispone el artículo 439 del
Código del Trabajo respecto de la siguiente demanda extractada: EN LO PRINCIPAL:
DEDUCE DEMANDA DE DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL,
DESPIDO SIN CAUSA, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES; EN
PRIMER OTROSÍ: SOLICITA FORMA DE NOTIFICACIÓN; EN EL SEGUNDO OTROSÍ;
ACOMPAÑA DOCUMENTOS; EN EL TERCERO OTROSÍ: ACREDITA PERSONERÍA; EN
EL CUARTO OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE. S.J.L. DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA.
ANA ROJAS SANDOVAL, abogada, cédula de identidad número 15.692.042-8, domiciliada
para estos efectos en Latorre N°2425, de la comuna de Antofagasta, en representación
convencional -según se acreditará- de doña Verónica Contreras Ortega, cédula de identidad
número 27.026.309-7, boliviana, soltera, auxiliar de aseo, con domicilio para estos efectos en
calle Los Rubíes N°12.570 de esta ciudad, a S.S., respetuosamente digo: Que, en mérito de lo
dispuesto en los artículos 162, 168, 432, 446 todos del Código del Trabajo y demás disposiciones
sustantivas que se citarán en el cuerpo del presente libelo, vengo en este acto en deducir
DEMANDA DE DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL, DESPIDO
SIN CAUSA, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES, en Procedimiento
Monitorio, en contra de doña MARCELA ROCÍO ROA ORJUELA, cédula de identidad número
23.179.562-6, persona natural, con domicilio para estos efectos en Cerro Paranal N°360,
departamento N°172, Edificio Aurora, de esta ciudad, en virtud de las siguientes consideraciones
de hecho y fundamentos de derecho que a continuación expongo: I. ANTECEDENTES DE
HECHO A. ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL 1. Con fecha 01 de junio de
2019, la actora inicia relación laboral con la demandada MARCELA ROA ORJUELA, bajo
vínculo de subordinación y dependencia, para realizar labores de asesora del hogar puertas
adentro. 2. Desde el inicio de la relación laboral, la actora fue destinada a la realización de sus
funciones en el barrio residencial de Costa Laguna, para posteriormente trasladarse con el grupo
familiar a Cerro Paranal N°360, departamento N°172, Edificio Aurora, lugar donde ejerció sus
funciones hasta el termino de la relación laboral. 3. En cuanto a la jornada de trabajo, esta era de
lunes a jueves de 08:00 a 21:00 horas. No obstante, es necesario hacer presente que el domingo
la actora debía reintegrarse a sus funciones a las 20:00 horas. 4. En cuanto a la remuneración,
esta ascendía a $409.500.- monto que debe ser considerado para el cálculo de las
indemnizaciones y prestaciones que se adeudan a la actora conforme el artículo 172 del Código
del Trabajo. La remuneración estaba compuesta por un pago mensual liquido de $350.000.- 5. Se
hace presente que los pagos se realizaron mediante transferencia electrónica como también en
efectivo, pero que durante la vigencia de esta relación no se extendió liquidación de
remuneración. 6. Desde el inicio de la relación laboral, esta se llevó a cabo en un marco de
constantes irregularidades, toda vez que, no se escrituro contrato de trabajo, no obstante, este
contrato consensual cumplía con todas y cada una de las características de una relación laboral,
ya que se pactó remuneración mensual por los servicios prestados, se cumplía con una jornada de
trabajo y debía obedecer instrucciones de su ex empleadora. 7. A pesar de los incumplimientos
de la ex empleadora, la actora siempre desempeño sus funciones con excelencia y plena
disponibilidad para los requerimientos de su ex empleadora. B. ANTECEDENTES DEL
TERMINO DE LA RELACIÓN LABORAL 1. Desde el inicio de la relación laboral, la actora
solicita firmar el contrato de trabajo, y consecuencialmente el pago de sus cotizaciones, pero
debido a las cuarentenas decretadas en la ciudad la actora no quiso seguir insistiendo por temor a
perder su fuente de ingreso, más aún en estas circunstancias. 2. Habiéndose levantado la
cuarentena en la ciudad, con fecha 30 de noviembre del año 2020 la actora vuelve a consultar por

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