Contreras Espinoza Ramón Francisco - Del Valle Telecom SpA y otra - 1 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 980785274

Contreras Espinoza Ramón Francisco - Del Valle Telecom SpA y otra

Número de registroCVE-2444832
Fecha de publicación01 Febrero 2024
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.765
CVE 2444832 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.765 | Jueves 1 de Febrero de 2024 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2444832
NOTIFICACIÓN
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martin N° 950, Comuna de Santiago, en
causa RIT: M-2631-2023, RUC: 23-4-0497144-1, demandante Ramón Francisco Contreras
Espinoza, cédula de identidad N° 15.609.898-1, demandados 1) Del Valle Telecom SpA, RUT
N° 77.266.411-7, representado legalmente por doña Rosario Fernández Parga, RUN
15.636.851-2 y don Nicolas Vilches Silva RUN 9.856,903-0; 2) WOM S.A., RUT 78.921.690-8,
representado legalmente por Marcelo Francisco Fica Aránguez y doña Sandra Días Fuentes; por
las acciones de Despido Indirecto, Nulidad del Despido y Cobro de Prestaciones e
Indemnizaciones, se fijó Audiencia única para el día 12 de marzo de 2024 a las 09:00 Horas, Piso
y Sala por Confirmar, La Que Se Desarrollará en Dependencias del Tribunal, ubicado en San
Martín 950, comuna de Santiago, la que se celebrará con las partes que asistan, afectándole a
aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior
notificación, ordenado por resolución fecha veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. La
totalidad de los antecedentes se encuentran disponibles en carpeta digital de la causa, en el portal
web del Poder Judicial. Se agrega la siguiente resolución solo para efectos de dar cumplimiento
al artículo 439 del Código del Trabajo. Santiago, diecisiete de julio de dos mil veintitrés.
Atendido el mérito de la actuación del Ministro de fe del Tribunal, téngase por cumplido lo
ordenado. Al libelo de demanda: A lo principal: Estese a lo que se resolverá a continuación. Al
primer otrosí: Téngase por acompañados los documentos. Al segundo otrosí: Téngase presente
correo electrónico; y estese al mérito de lo señalado en la ley N° 20.886 sobre tramitación
electrónica. Al tercer otrosí: Téngase presente el patrocinio y por conferido el poder. Vistos: Que
de los antecedentes acompañados por el actor, se estima parcialmente fundadas sus pretensiones,
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, se resuelve: Que Se
Acoge Parcialmente la demanda en procedimiento monitorio por despido indirecto, nulidad del
despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones, interpuesta con fecha 10/07/2023 por don
Ramón Francisco Contreras Espinoza, cédula de identidad N° 15.609.898-1, domiciliado en
Calle Río Trancura Nro. 1395, comuna de La Florida, en contra de su ex-empleadora, Del Valle
Telecom SpA, RUT N° 77.266.411-7, representada por doña Rosario Fernandez Parga, ambas
domiciliadas en Calle Antonio Maceo Nro. 2864, comuna de Renca; y en contra de WOM S.A.,
RUT 78.921.690-8, representada por don Marcelo Francisco Fica Aránguiz y por doña Sandra
Días Fuentes; ambos domiciliados en Calle General Mackenna N° 1369, comuna de Santiago,
declarándose en consecuencia: I.- Que la demandada Del Valle Telecom SpA, ha incurrido en la
causal contemplada en el N° 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, el término de los
servicios materia de este proceso ha sido conforme a derecho y, por tanto es justificado. II.- Que
habiéndose declarado justificado el término de la relación laboral del actor con la demandada, se
condena a la demandada Del Valle Telecom SpA, al pago de las siguientes prestaciones: a)
$671.709.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $352.647.- por
concepto de feriado proporcional. c) $2.015.127.- por concepto de remuneración de los meses de
enero, febrero y marzo de 2023. d) Las cotizaciones previsionales y de seguridad social en AFP
Modelo, correspondiente a los períodos de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y
diciembre 2022; enero, febrero y marzo del año 2023; de cesantía en AFC CHILE,
correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre
2022; enero, febrero y marzo del año 2023; y de salud en Fonasa, correspondiente a los meses de
junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2022; enero, febrero y marzo del
año 2023. e) Al pago de las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido y hasta
la convalidación del mismo, por el pago de las cotizaciones adeudadas, sin límite alguno de
acuerdo con lo previsto en la ley N° 20.194. III. Que se rechaza la demanda en todas sus partes
respecto a la demandada WOM S.A. IV.- Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente
resolución deberán ser reajustadas y devengarán intereses en la forma señalada en los artículos
63 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que no se condena en costas a las demandadas. Se advierte

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR