Contratos de la sociedad - Segunda subdivisión. Los órganos de la sociedad - Segunda Sección. Exposición Sistemática - Tercera Parte. Sociedades con personalidad moral - Libro Tercero. Las personas del Derecho mercantil - Manual de derecho mercantil inglés - Libros y Revistas - VLEX 976721870

Contratos de la sociedad

AutorArthur Curti
Cargo del AutorDoctor en Derecho
Páginas473-475
473
CAPÍTULO III
CONTRATOS DE LA SOCIEDAD
I. Generalidades sobre la forma de estos contratos.—La forma de los contratos des-
empeña un papel importante en el Derecho inglés. Frecuentemente, para la validez
o fuerza probatoria de un documento, especialmente de un contrato, se exige que
esté sellado. Este contrato sellado se denomina deed. No es necesario que el sello sea
de lacre o de cera, bastando una oblea (wafer) o un sencillo y perceptible sello de
papel en forma redonda, que se adhiere al documento. No puede hacerse ninguna
objecióncontra lasarmaciones ydeclaraciones sobrecuestiones dehecho conte-
nidas en un deed. Las partes tienen que reconocerlas como válidas siempre que no
haya habido engaño, violencia o un acuerdo legalmente inadmisible.
Mientras que los contratos sellados no admiten impugnación, incluso por la
falta de la consideration, no sucede lo mismo tratándose de contratos en los que no
se de aquel requisito. El derecho a impugnar un deed prescribe a los veinte años, y el
de los no provistos del sello a los seis años.
En los casos importantes o cuando hubiese alguna duda se exige el contrato
sellado.
II. Contratos especiales de las sociedades.—La ley contiene en los §§ 29-33 varias
prescripciones especiales encaminadas a facilitar el desarrollo de la actividad de las
companies.
El § 29 determina:
a) Los contratos que con arreglo al Derecho inglés deban extenderse por es-
crito y en acta sellada cuando se celebre entre dos personas privadas; cuando inter-
venga una sociedad pueden redactarse por escrito con el sello ordinario de aquélla.
b)Loscontratosque deban constar por escrito e ir provistos de las rmas
de las partes contratantes que por él queden obligadas cuando se otorgue por dos
personas privadas, tratándose de una sociedad, pueden extenderse por escrito e ir
rmadosporalgúnapoderadodelasociedad,yaseasumandatoexpresooresulte
de las circunstancias.
c) Los contratos que son válidos cuando se celebran verbalmente por dos per-
sonas privadas, tratándose de una sociedad pueden concluirse también verbalmen-
te por un mandatario expreso o tácito de la company.

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