Contraloría: Universidades podrán cobrar el arancel restante completo a alumnos que perdieron la gratuidad por atrasarse en sus carreras - 27 de Junio de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 795809269

Contraloría: Universidades podrán cobrar el arancel restante completo a alumnos que perdieron la gratuidad por atrasarse en sus carreras

Los rectores de las universidades tradicionales están reunidos, en Temuco, discutiendo sobre los ajustes de la malla curricular que tendrán los colegios desde el próximo año, de la importancia que debería tener el deporte en las carreras y si la Universidad de los Andes debiera ser parte del Consejo de Rectores (CRUCh).Sin embargo, otra materia se robará varios minutos del encuentro: los límites que tiene la gratuidad, luego de que la Contraloría emitiera un dictamen sobre la materia, el martes pasado.La política -que actualmente tiene 376.433 beneficiarios- comenzó a regir en 2016, y hasta el año pasado operó mediante leyes de presupuestos. Sin embargo, para 2019 el beneficio se reguló a través de la reforma a la Educación Superior (Ley 21.091), luego que la normativa se aprobara en mayo de 2018, agregando una serie de ayudas para los alumnos más vulnerables y obligaciones a los planteles adscritos.En ese escenario, y ante las dudas que elevaron las instituciones, el subsecretario de Educación, Raúl Figueroa, acudió a la Contraloría para saber cómo se debía aplicar -para los jóvenes que accedieron a la gratuidad los años 2016, 2017 y 2018- el artículo 108 de la reforma.Este establece que si un estudiante excede en un año la duración formal de su carrera, perdiendo así el beneficio, la universidad puede cobrarle hasta 50% del arancel regulado, haciéndose cargo del resto. Esta medida se instauró en la reforma con la intención de apoyar a los jóvenes más vulnerables que durante años estudiaron gratis y no tendrían las condiciones de pagar, de un momento a otro, la totalidad de un arancel.La respuestaPara responder, el dictamen, al cual accedió "El Mercurio", se remite a la glosa sobre "financiamiento institucional para la gratuidad en universidades", que está contenida en la Ley de Presupuestos de este año. Y cita que "aquellos estudiantes que fueron beneficiados en años anteriores mantendrán dicho beneficio según las condiciones establecidas en el año de asignación, siéndoles aplicable también lo dispuesto en los artículos 105, 106, 107 y 109" de la reforma.Es decir, dicha glosa no hace mención al artículo 108, que es el que estaba siendo consultado, y permitía acceder a una rebaja de arancel.Por lo mismo, la Contraloría zanjó la consulta de la siguiente forma. "Por expresa disposición del legislador, durante el presente ejercicio presupuestario, a los alumnos que accedieron a gratuidad en los años 2016, 2017, y 2018 no les resulta aplicable...

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