La contaminacion luminica como aproximacion a la planeacion urbana de ciudades mexicanas. - Vol. 46 Núm. 138, Mayo 2020 - EURE-Revista Latinoamericana de Estudios Urbanos Regionales - Libros y Revistas - VLEX 929520032

La contaminacion luminica como aproximacion a la planeacion urbana de ciudades mexicanas.

AutorGonzález-Madrigal, José

Introducción

Es indudable que, en las últimas décadas, la necesidad de protección del ambiente se ha vuelto un tema de relevancia pública, tanto a nivel internacional como nacional. Fue en 1972 que se reconoció, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, reunida en Estocolmo, que la protección y cuidado del ambiente (tanto natural como artificial) es fundamental para el bienestar humano (United Nations, 1972). No son pocas las asambleas, congresos y acuerdos que se han llevado a cabo a nivel internacional después de esta fecha, los cuales incentivaron y mantienen relevante la discusión en torno a temáticas ambientales.

En 1982 se promulgó en México una legislación especializada en materia de protección, mejoramiento, conservación y restauración del ambiente, así como respecto de la prevención y control de la contaminación que lo afecte, por considerarse estos temas de dominio público e interés social (Ley Federal de Protección al Ambiente, 1982). Posteriormente, la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), promulgada en 1988 y vigente hasta la fecha, establece la necesidad de preservar y restaurar el equilibrio ecológico, con el objetivo de conseguir desarrollo sustentable. Asimismo, pretende garantizar el derecho de toda persona a una vida en un ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar.

A inicios de la década de los noventa, el Informe de la Situación General en Materia de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente 1991-1992 partió por establecer la interrelación existente entre ambiente y desarrollo. Asimismo, considerando la distribución de la población, eminentemente urbana, atribuye especial importancia a la redistribución territorial del país, en el sentido de 'desahogar' a las grandes ciudades y promover las ciudades intermedias sin problemas de congestión, contaminación o complejidad administrativa (Secretaría de Desarrollo Social & Instituto Nacional de Ecología, 1993). Se asumía que el crecimiento urbano y el aumento de demanda de servicios indispensables para la vida y convivencia de las ciudades, traen consigo problemas de contaminación. Es por tal razón que las instituciones mexicanas reconocen que es necesaria la intervención pública cuando existan elementos en el territorio que, al interactuar con la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, lo transforme, de manera que afecte negativamente la existencia, transformación y desarrollo del ser humano y demás seres vivos.

Sin embargo, las ventajas de las ciudades como concentraciones de población también son bien aceptadas; mayor productividad se identifica con grandes ciudades (Sveikauskas, 1975) y las economías de aglomeración (Duranton & Puga, 2003) son incentivos para identificar los espacios urbanos como elementos necesarios para el desarrollo económico de cualquier país. Esto ha obligado a los organismos responsables a tratar de balancear las acciones públicas entre desarrollo económico y equilibrio ecológico, tras lo que actualmente se identifica como desarrollo sustentable, el cual subraya la necesidad de buscar siempre el proceso de mejora de la calidad de vida de las personas.

La tendencia de crecimiento de la población urbana en México permite afirmar que el tamaño de las ciudades presenta un crecimiento considerable. En 1970, la población urbana representaba un 58,7% del total nacional, y para 2010 la cifra ya había aumentado a un 77,8% (Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI], 2010). Es considerando esta tendencia creciente, así como entendiendo que la contaminación es una externalidad negativa para el desarrollo, que se han establecido mecanismos de regulación y control que buscan mantener siempre el costo ambiental al mínimo posible, de manera que sea posible potenciar el desarrollo, pero también favorecer el equilibrio ecológico.

Debido a sus consecuencias más aparentes y de corto plazo, en México hay diferentes tipos de contaminación que se interpretan como de mayor prioridad. Los primeros reglamentos que entraron en vigor fueron los relativos a Prevención y Control de la Contaminación de Aguas en 1973, y aquel para la Protección del Ambiente contra la Contaminación originada por la Emisión del Ruido, en 1982. En 1988, con posterioridad a la LGEEPA, se promulgaron reglamentos de impacto ambiental, de residuos peligrosos, de prevención y control de la contaminación de la atmósfera y (relacionado con el anterior) de prevención y control de la contaminación generada por los vehículos automotores que circulan en el Distrito Federal y los municipios de la zona conurbada (Secretaría de Desarrollo Social & Instituto Nacional de Ecología, 1993).

Desde estas primeras regulaciones, han sido las relativas a la contaminación del agua, el aire y el suelo las que se han mantenido en la agenda gubernamental para su discusión. No hay duda de que todas ellas representan problemáticas necesarias de atender. Sin embargo, otros tipos de contaminación, menos conocidos y visibles, también representan riesgos significativos para la calidad de vida tanto de las personas como de toda aquella biodiversidad que habita y se desarrolla en los espacios utilizados por el ser humano. Tal es el caso de la contaminación lumínica.

La contaminación por emisión de luz

A nivel global, el área de influencia de la iluminación nocturna artificial ha aumentado rápidamente con la expansión urbana experimentada por las ciudades (Kocifaj & Solano Lamphar, 2013; Mizon, 2012; Solano Lamphar & Kundracik, 2014). La utilidad primaria de la luz artificial es mantener iluminadas las ciudades durante la noche, con el objetivo de dar viabilidad a diversas actividades que lo requieren; en este sentido, la iluminación artificial puede ubicarse como parte del sistema de movilidad, seguridad, productividad o simplemente de infraestructura (dependiendo de la agenda gubernamental). Es por ello que, según el sistema al que se le atribuya, se determinan los criterios para establecer la cantidad de luminosidad necesaria (Solano Lamphar, 2010).

La contaminación lumínica debe entenderse como la diferencia entre la iluminación que se emite, con respecto a la cantidad real que se requiere. En una ciudad, la cantidad de contaminación lumínica generada depende de las acciones de los individuos socializados dentro de la comunidad y de todas las características que influyen en la sociedad, como las actividades económicas y culturales, los hábitos de consumo, la estructura urbana, entre otras (Claudio, 2009), las cuales están determinadas por una estructura institucional que las permite o fomenta.

La cantidad de iluminación emitida no debe entenderse como equivalente a la iluminación requerida; esta no se debe calcular a partir de la regulación e infraestructura existente, sino de las diversas necesidades que una ciudad tiene, ya sea en su industria, su habitabilidad e--igualmente importante--su ambiente. Para ello, se debe de tomar en cuenta no solo la iluminación que se debe generar, sino aquella que se es capaz de asimilar sin afectar negativamente la existencia, transformación y desarrollo del ser humano y demás seres vivos (Berry, 1976; Longcore & Rich, 2006; Pike, 1976; Solano Lamphar & Kocifaj, 2013; Walker, 1970).

Diversos estudios ya han abordado problemáticas relacionadas con este tipo de contaminación, aunque generalmente se enfocan en el fenómeno de la luz y las incidencias que genera en las condiciones físicas, sin considerar las necesidades y usos que la luz intenta resolver. En sus primeros enfoques, los estudios sobre contaminación lumínica frecuentemente se centraron en aspectos astronómicos y consumo de energía. De hecho, una de las razones principales que históricamente han llevado a los observatorios astronómicos a cambiar su sede es la búsqueda de cielos más limpios, lejos de las perturbaciones visuales (Berry, 1976; Pike, 1976; Walker, 1970). No obstante, los estudios sobre las consecuencias de un exceso de iluminación artificial no deben analizar solo los procesos que afectan a la astronomía, dado que cada vez con mayor frecuencia revelan el impacto que tiene en la biodiversidad, tanto animal como vegetal, una cantidad anómala de luz durante la noche. Es por esto último que el exceso de iluminación nocturna debe considerarse como contaminante del ambiente (Ho & Lin, 2015; Holker et al., 2010; Kim, Choi, Park, Moon, & Ji, 2015; Narisada & Schreuder, 2004; Sanhueza, 2015; Solano Lamphar, 2018).

Como se mencionó anteriormente, diversos esfuerzos de investigación se han centrado en entender el proceso y las consecuencias que el exceso de luz tiene en las condiciones de vida de algunas especies de plantas y animales, incluidos los humanos. En este contexto, hay una bibliografía creciente en la que se afirma que el resplandor artificial del cielo nocturno tiene diversos impactos negativos en los procesos biológicos de la mayoría de los organismos fotosensibles, como animales y plantas (Longcore & Rich, 2006; Vera & Migaud, 2009), insectos (Fox, 2012; Solano Lamphar & Kocifaj, 2013), así como en humanos (Anisimov, 2003; Shuboni & Yan, 2010). Sin embargo, es necesario entender que no solamente se debe analizar el fenómeno de contaminación lumínica desde la perspectiva de la afectación al ambiente. Asumiendo su forma orgánica, una ciudad se ve...

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