Consultorio laboral - 25 de Marzo de 2013 - El Mercurio - Noticias - VLEX 428964190

Consultorio laboral

¿Cómo funcionan los contratos que no están sujetos a horario?

De acuerdo con lo establecido en el Código del Trabajo, pueden quedar excluidos de la limitación de jornada los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos los que trabajen sin fiscalización superior inmediata. También quedan excluidos quienes prestan servicios en su propio hogar o en un lugar elegido por ellos; además de los agentes comisionistas y de seguro, vendedores viajantes, cobradores y otros que no ejerzan sus funciones en el local del recinto.

De todas maneras, el contrato siempre debe establecer los días en que el trabajador prestará los servicios.

La duración de la presencia en su lugar de trabajo está solo determinada por los...

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