CONSTRUCTORA LAS PALMAS DE VILLUCO LIMITADA - 3 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 940452797

CONSTRUCTORA LAS PALMAS DE VILLUCO LIMITADA

Número de registroCVE-2355829
Fecha de publicación03 Agosto 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.618
CVE 2355829 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.618 | Jueves 3 de Agosto de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2355829
EXTRACTO
RAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público, Rengo 444, Concepción, Certifico, Por
escritura pública de fecha 19 de julio de 2023, ante mí don LUIS OSVALDO ORTIZ ARANDA,
doña CLARA ISABEL HEERWAGEN GUZMÁN, doña ISIDORA JAVIERA ORTIZ
HEERWAGEN, doña MARÍA JOSÉ SOLEDAD ORTIZ POZO, don MAURICIO OSVALDO
ORTIZ BERMÚDEZ, e INMOBILIARIA PULLAY LIMITADA, sociedad del giro de su
denominación, RUT N° 77.262.146-9, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en
calle Colo Colo número 304 oficina número 203, comuna de Concepción, Región del Bio Bio,
constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente:
Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “CONSTRUCTORA LAS PALMAS
DE VILLUCO LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales,
tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “LTDA.” Como nombre de
fantasía podrá utilizar el nombre de “CONSTRUCTORA LAS PALMAS LTDA.” Objeto Social:
El objeto de la sociedad será: a) La adquisición de bienes raíces de todo tipo, subdividirlos,
lotearlos, remodelarlos, acogerlos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, explotarlos por vía de
arrendamiento u otra forma legal y transferirlos; b) La construcción por cuenta propia o ajena, de
todo tipo de edificaciones y todo tipo de obras civiles; y, c) Para el cumplimiento de sus fines
podrá organizar sociedades de todo tipo e incorporarse a otras ya existentes, sea como accionista,
socio o asociado, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o
indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Administración,
Representación y Uso Razón Social: La administración, representación y uso de la razón social
corresponderá, separada e indistintamente a doña Clara Isabel Heerwagen Guzmán y a don
Osvaldo Andrés Ortiz Heerwagen, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura
extractada, las que se dan por reproducidas una a una, salvo respecto de aquellas materias que se
indican en el numeral II de la cláusula sexta de los estatutos sociales, en las que los dos
administradores ya señalados, deberán actuar conjuntamente. Capital Social: El capital de la
sociedad es la suma de $1.500.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don
Luis Osvaldo Ortiz Aranda aporta la suma de $562.500, equivalentes al 37,5% del capital social,
que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social; b) doña
Clara Isabel Heerwagen Guzmán aporta la suma de $225.000, equivalentes al 15% del capital
social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social; c)
doña Isidora Javiera Ortiz Heerwagen aporta la suma de $150.000, equivalentes al 10% del
capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja
social; d) doña María José Soledad Ortiz Pozo aporta la suma de $75.000, equivalentes al 5% del
capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja
social; e) don Mauricio Osvaldo Ortiz Bermúdez aporta la suma de $75.000, equivalentes al 5%
del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja
social; y, f) Inmobiliaria Pullay Limitada aporta la suma de $412.500, equivalentes al 27,5% del
capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja
social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social.
Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes.
Duración: La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y durará hasta el 31 de
diciembre del año 2034, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años
cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la
sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer
mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses
antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin
efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: Su domicilio será la comuna
de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del
extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, agosto 01 de 2023.-

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