Constructora MGA SpA - 16 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 914752368

Constructora MGA SpA

Fecha de publicación16 Noviembre 2022
Número de registroCVE-2217212
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.402
CVE 2217212 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.402 | Miércoles 16 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2217212
EXTRACTO
ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, Notario Público Interino Rancagua, oficio
San Martín 427, Rancagua, certifico que por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2022,
Repertorio N°2.681/2022, ante mí, doña FERNANDA GABRIELA DONOSO ROZAS,
constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: CONSTRUCTORA
MGA SpA. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Rancagua, pudiendo
establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero, así como
de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. Objeto: El objeto
de la sociedad será: a) La prestación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de servicios de
construcción, inmobiliaria, reparación, rehabilitación de espacios y de mantención industrial,
ejecución de obras civiles mayores y menores, todo lo anterior sin perjuicio de cualquier otro
rubro que los socios determinen y la fabricación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de
estructuras metálicas, montaje, y mantención de las mismas; b) elaboración y ejecución de
proyectos de ingeniería en obras civiles de todo tipo, construcción e inmobiliaria, sea por cuenta
propia o ajena, participar y postular de licitaciones públicas y/o privadas; c) la construcción, por
cuenta propia o ajena, de todo tipo de condominios, edificios, viviendas, ya sea económicas
como las definidas y reglamentadas por normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos mil
novecientos cincuenta y nueve, y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que
directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto, teniendo presente los reglamentos y
modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en
adelante, rijan esta clase de viviendas; d) la explotación bajo cualquier título de dichas viviendas,
y de inmuebles en general; e) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento,
subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización
de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la construcción, edificación, montaje, mantención,
explotación y venta de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales,
comerciales, industriales, mecánicas, mineras u obras públicas; f) las urbanizaciones y
construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, los loteos
y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u
organismos de administración autónoma del Estado o Municipalidades y las que se hagan de
acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; g) la prestación de
asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que deriven o puedan
derivar de dichos loteos y urbanizaciones; h) la ejecución, por cuenta propia o ajena, sea como
contratistas, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la
construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; i) Proyectar, planificar,
desarrollar el diseño de toda clase de obras estructurales, obras hidráulicas, de cañerías, sanitarias
y grandes ductos, obras mecánicas, obras de manejo de materiales, obras de electricidad, obras
de instrumentación, telecomunicaciones, programación de PLCs y HMI (interfase
hombre-máquina), proyectos de ingeniería, inmobiliarios, arquitectura y construcción, de
infraestructura, instalaciones y distribución y montajes industriales, de electricidad; y, j) En
general, la realización de todo tipo de género de actividades, operacionales, negocios, actos o
contratos, relacionados o no con el objeto de la Sociedad. En cumplimiento de su objeto, la
sociedad podrá participar en otras personas jurídicas y ejercer en ellas todas las facultades que
correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso la de asumir su administración.
Asimismo, la sociedad podrá desarrollar las actividades que directa o indirectamente se
encuentren relacionadas con los objetos antes señalados. Capital: $1.000.000 dividido en
1.000.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, cada una de igual valor y
características, íntegramente suscrito y pagado en este acto, en dinero efectivo. Demás
estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 21 de octubre de 2022.

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