CONSTRUCTORA INDEPENDENCIA S.A. 76.722.370-6* - 16 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875170907

CONSTRUCTORA INDEPENDENCIA S.A. 76.722.370-6*

Número de registroCVE-1762277
Fecha de publicación16 Mayo 2020
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.657
CVE 1762277 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.657 | Sábado 16 de Mayo de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1762277
EXTRACTO
GABRIEL MARCELO GUERRERO GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Titular de la
7º Notaría de Talca, calle 30 Oriente Nº 1522, Local A, Talca, certifica: En Junta General
Extraordinaria de Accionistas de "CONSTRUCTORA INDEPENDENCIA S.A." celebrada el 20
de abril de 2020, a la que asistí y cuya acta se redujo a escritura pública ante mí, Repertorio Nº
1007-2020, con fecha 30 de abril de 2020, se acordó: Sanear los vicios formales de que adolece
la modificación de estatutos acordada en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha
16 de diciembre de 2019, reducida a escritura pública con fecha 27 de diciembre de 2019, en ésta
misma Notaría, bajo el Repertorio N° 992-2019, en el siguiente sentido: 1) publicar e inscribir
dentro de plazo legal, un extracto de la escritura de modificación de estatutos antes citada,
extracto que es del siguiente tenor: “EXTRACTO: GABRIEL MARCELO GUERRERO
GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Titular de la 7º Notaría de Talca, calle 30 Oriente Nº
1522, Local A, Talca, certifica: En Junta General Extraordinaria de Accionistas de
"CONSTRUCTORA INDEPENDENCIA S.A." celebrada el 16 de diciembre de 2019, a la que
asistí y cuya acta se redujo a escritura pública ante mí, Repertorio Nº 992-2019, con fecha 27 de
diciembre de 2019, se acordó reformar los estatutos sociales, en el siguiente sentido: a) se
aumentó el capital social, ya modificado de pleno derecho, conforme al balance aprobado por la
Junta Ordinaria de Accionistas, celebra con fecha 24 de abril de 2019, de $7.021.920.350,
dividido en 1.234 acciones, de la cuales 834 acciones son Serie A u ordinarias y 400 acciones
son serie B o preferidas, a la suma de $8.358.222.783, dividido en 1.234 acciones, de la cuales
834 acciones son Serie A u ordinarias y 400 acciones son serie B o preferidas, sin que ello
importe la emisión de nuevas acciones, y se sustituyeron en consecuencia el Artículo Quinto y el
Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos.- b) seguidamente se disminuyó el capital social
desde la suma de $8.358.222.783, dividido en 1.234 acciones, de las cuales 834 acciones son
Serie A u Ordinarias, y 400 acciones son Serie B o Preferidas, todas nominativas y sin valor
nominal, a la suma de $383.554.896, dividido en las mismas 1.234 acciones de las series
indicadas, sin valor nominal, sustituyéndose nuevamente el Artículo Quinto y el Artículo
Primero Transitorio de los Estatutos, cuyo tenor definitivo es el siguiente: “ARTICULO
QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $358.554.896, dividido en 1.234 acciones, de
las cuales 834 acciones son Serie A u Ordinarias, y 400 acciones son Serie B o Preferidas, todas
nominativas y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las
acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la Ley, capital que se entera y
paga conforme a lo previsto en el Artículo Segundo transitorio de estos estatutos. Las acciones
Serie B o Preferidas gozan, como únicas preferencias, de los siguientes derechos: Uno) El
derecho exclusivo a percibir anualmente del total de las utilidades susceptibles de ser
distribuidas, en calidad de dividendo anual, el monto de UF 27,36 por acción. Los dividendos no
percibidos por las acciones Serie B o Preferidas, corresponderá, a título de dividendo, a las
acciones Serie A u Ordinarias conforme lo acuerde la Junta respectiva; Dos) En caso de
disolución de la sociedad, en el proceso de liquidación de la misma, se restituirá el capital
primeramente a las acciones Serie B o Preferidas reajustado en unidades de fomento, esto es UF
342 por acción, más los dividendos calculados en la forma descrita en el número precedente que
se encuentren pendientes de pago; Tres) Derecho a nombrar 2 de los 5 Directores en la sociedad,
siendo los demás directores elegidos solo por las Acciones Serie A; y Cuatro) Percibir a lo
menos 4 dividendos provisorios durante el año a condición de cumplir con las normas legales
vigentes, entre otras que existan utilidades en el ejercicio suficientes que permitan el pago de
dichos dividendos, a efectuarse en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año.
Esta preferencia expirará el 6 de mayo de 2020.- Vencido dicho plazo, las Series A y B y las
acciones que las formen quedarán automáticamente transformadas en acciones ordinarias, sin
preferencia alguna, eliminándose la división en series de acciones. La preferencia de las acciones
se mantendrá vigente mientras no venza el plazo antes indicado aun cuando las acciones, en todo

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