CONSTRUCCIONES S & S LIMITADA 76.195.177-7 - 31 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874722819

CONSTRUCCIONES S & S LIMITADA 76.195.177-7

Fecha de publicación31 Agosto 2019
Número de registroCVE-1646999
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.443
CVE 1646999 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.443 | Sábado 31 de Agosto de 2019 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1646999
EXTRACTO
GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de
Rancagua, con asiento en la comuna de Graneros, Avenida La Compañía número cero sesenta y
seis, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Doña JENNY ANDREA SOTO MARIN,
chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número 16.884.837-4, domiciliada en
Rafael Carvallo Los Abedules 420, comuna de Graneros; y don RICARDO ANDRES SOTO
ORTIZ, chileno, soltero, constructor, cédula nacional de identidad número 9.947.399-1, del
mismo domicilio anterior; modifican la sociedad de Responsabilidad Limitada denominada
“CONSTRUCCIONES S & S LIMITADA y /o “CONSTRUCCIONES S & S LTDA.” Rol
Único Tributario número 76.195.177-7, es una sociedad de responsabilidad limitada, constituida
por escritura pública de fecha veintinueve de mayo del año dos mil doce, ante el Notario de
Rancagua con oficio en la comuna de Graneros, don Rubén Reinoso Herrera. El extracto de la
sociedad fue debidamente inscrito a fojas 649 vuelta número 717 del Registro de Comercio del
año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, publicada en Diario Oficial con fecha
06 de junio del año 2012, Edición número 40.280.- Modificaciones: Doña JENNY ANDREA
SOTO MARIN y don RICARDO ANDRES SOTO ORTIZ vienen en modificar la cláusula
segunda de la escritura de constitución de sociedad, en el sentido de ampliar el giro, quedando de
la siguiente forma: “DEL OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será contratista en obras
menores de construcción y obras civiles, contratista de mano de obra agrícola; Minimarket y
Gelatería, así como todo otro objeto a fin o relacionado con los rubros señalados sin necesidad de
acreditar este hecho ante terceros”. En lo no modificado sigue plenamente vigente el primitivo
pacto social. Graneros, veinte de agosto del año dos mil diecinueve.-

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