Constitución Misión Evangélica Pentecostés Soy el Barro en Manos de mi Padre el Alfarero - 9 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 951407688

Constitución Misión Evangélica Pentecostés Soy el Barro en Manos de mi Padre el Alfarero

Número de registroCVE-2401879
Fecha de publicación09 Noviembre 2023
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.696
CVE 2401879 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.696 | Jueves 9 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2401879
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTÉS SOY EL BARRO EN MANOS DE MI PADRE
EL ALFARERO
(Extracto)
Mario Patricio Aburto Contardo, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de
Concepción, con oficio en calle Colo-Colo 304, Concepción, certifica: Que por escritura pública
de fecha veintidós de marzo del año dos mil veintitrés, anotada bajo el repertorio número
quinientos sesenta y siete guion dos mil veintitrés, y complementada por otra de fecha treinta de
agosto de dos mil veintitrés, repertorio número mil setecientos cincuenta y cinco guion dos mil
veintitrés, ante mí, se redujo Acta de constitución y aprobación de los estatutos de la Entidad
Religiosa denominada "Misión Evangélica Pentecostés soy el Barro en Manos de mi Padre El
Alfarero", con domicilio en calle Doce de Octubre número doscientos setenta y siete, Leonera,
comuna de Chiguayante. Registro Público del Ministerio de Justicia Nº 6355 de fecha quince de
junio de dos mil veintitrés. Constituyentes: Luis Bernardo Romero Cortés, Marisol Aurelia
Jiménez Ferreira, Marcela Beatriz Saavedra Durán, Camila Andrea Domínguez Ortega, Mario
Antonio Seguel Cantergiani, Carlos Rodrigo González Moreno, Maribel del Carmen Delgado
Flores, Yixcenia Isabel Muñoz Lagos, Vitalia Teodosia Hernández Higoos, Juan Bernardo Olate
González, Jeannette Carola Medina Cartes, Ruth Verónica Encina Martínez, Juan Carlos Álvarez
Brito, Juan Eduardo Vargas Rivera, Marixsa del Carmen Aravena Valdebenito, José Feliciano
Álvarez Encina, Bernardo Cea Utreras, Iris Catalina Parra Paredes, Iris Jennifer Tiznado Parra,
José Mercedes Tiznado Mora, Solange Marcela Romero Saavedra, Eduardo Alfonso Contreras
Valencia, Geraldine Carmen Sanzana Pereira, Giselle Siomara Seguel Jiménez, Mario Andrés
Seguel Jiménez, Francisco Alejandro Flores Díaz, Alejandro Antonio Seguel Jiménez, Judith
Andrea Rivera Bustos, Hugo Julián Ramis Sepúlveda, Diego Ignacio Seguel Jiménez. Al
Directorio le corresponde la dirección general de esta Entidad Religiosa; administrar sus recursos
materiales y humanos; así como establecer las políticas de crecimiento y desarrollo de la misma.
Todo de acuerdo a las directrices del Presidente u Obispo Presidente. El Directorio se compondrá
de cuatro miembros: el Obispo Presidente o Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, y el
Tesorero. Son atribuciones y deberes del Directorio: a) Dirigir administrativamente a la Iglesia
en general, procurando por todos los medios el cumplimiento de sus Estatutos, los objetivos de la
Entidad y velar por la recta observancia de la creencia que sus miembros profesan. b) Rendir
cuenta a la Asamblea General Ordinaria de la marcha eclesial, informar sobre el estado
financiero de la Entidad, presentar un presupuesto de entrada y gastos para el período siguiente y
velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea general. c) Visitar a las
Congregaciones o Iglesias Locales, previa comunicación al respectivo Pastor, con la debida
participación. d) Efectuar, cuando se requiera, las permutas y traslado de los miembros
pastorales. e) Si las circunstancias lo requieren, contratar al personal o profesionales necesarios
para la obtención adecuada de los fines de la entidad. f) Acordar los gastos que determinen la
mantención de la institución y la persecución de sus fines. g) Llevar un registro de miembros
pastorales, de sus antecedentes, de la iglesia y aceptar el ingreso o renuncia de ellos. Llevar el
libro de actas de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, y los libros de
Contabilidad de la Entidad. h) Administrar sus bienes con amplias facultades, las que se
enumerarán en forma meramente ilustrativa y no taxativa: contratar cuentas corrientes bancarias
o mercantiles de depósito o crédito, girar, depositar en ellas. Retener talonarios de cheques,
aprobar o rechazar los saldos semestrales de dichas cuentas; girar, aceptar, endosar, descontar,
prorrogar y protestar letras de cambio, pagarés y otros documentos a la orden o nominativos,
celebrar contratos de préstamos o mutuos en cualquiera forma con instituciones bancarias, o con

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