Constitución Misión Cristiana Pentecostal Río del Jordán - 25 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 932199397

Constitución Misión Cristiana Pentecostal Río del Jordán

Número de registroCVE-2319055
Fecha de publicación25 Mayo 2023
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.560
CVE 2319055 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.560 | Jueves 25 de Mayo de 2023 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2319055
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MISIÓN CRISTIANA PENTECOSTAL RÍO DEL JORDÁN
(Extracto)
José Agustín Donoso Musiate, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular Ramón
García Carrasco, con Oficio en calle Rengo 444, de la ciudad, certifico: En Hualqui, a 30 de
septiembre de 2022, se efectuó la asamblea constitutiva de la persona jurídica de derecho público
"Misión Cristiana Pentecostal Río del Jordán", con domicilio en la comuna de Hualqui, Región
del Biobío, en calle Colo Colo número quince. Dicha institución se encuentra inscrita en el
Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia bajo el N° 6127 de fecha 11 de noviembre de
2022. Para efectos de publicación de extracto Diario Oficial, viene según el artículo 11 del
Reglamento, DS 303 año 2000, Ministerio de Justicia, manifiesta los siguiente: a) Nombre:
"Misión Cristiana Pentecostal Río del Jordán"; con domicilio en en la comuna de Hualqui,
Región del Biobío, en calle Colo Colo número quince. b) Registro Público de inscripción N°
6127 del 11 de noviembre de 2022. c) Nombre de los constituyentes: Norma Eliana Sepúlveda
Aguayo, cédula de identidad: 12.181.113-8; María Inés Manzano Manzano, cédula de identidad:
8.582.182-8; Susana Andrea Reyes Romero, cédula de identidad: 13.141.711-K; Cecilia
Mackarena Barrientos Soto, cédula de identidad: 19.108.102-1; Luisa Omara Corvalán
Hermosilla, cédula de identidad: 21.163.791-9; Romina Vanessa Navarro Rivas, cédula de
identidad: 18.295.760-0; Gladys Susana Hermosilla Mora, cédula de identidad: 9.884.799-5. d)
Sus elementos esenciales que la caracterizan y fundamentos y principios en que se sustenta la fe
que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto por treinta
y siete artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en Dios, Uno y
Trino: Que es: Padre, Hijo y Espiritu Santo; Cree en el bautismo del Espíritu Santo; Cree en la
resurrección de los muertos y en la segunda venida del Señor Jesucristo; Cree en la justificación
por la fe de Jesucristo y no por las obras de la ley; Reconoce al Señor Jesucristo como único
Salvador de la Humanidad, Hijo de Dios, quien no fue concebido por voluntad humana, sino por
obra del Espíritu Santo, quien murió en la Cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la
diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en espíritu y verdad; Cree en la
autoridad de las Santas Escrituras como la Palabra de Dios que está constituida en los Libros
Canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento desde el Génesis hasta el Apocalipsis; Reconoce y
realiza sólo matrimonios entre un hombre y una mujer; entendiéndose por tales los que tengan
esa condición al momento de su nacimiento. Para el cumplimiento de sus fines, la Iglesia podrá:
Realizar cultos, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos
fines, en conformidad a la ley; podrá comunicar y difundir de la palabra por escrito o por
cualquier medio, de su propio credo; podrá fundar y mantener la dirección de institutos de
formación y estudios teológicos y doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia y
humanitarias; podrá crear, participar, patrocinar, y fomentar asociaciones, corporaciones y
fundaciones para realizar sus fines; prodrá adquirir bienes temporales por todos lo modos justos;
podrá recibir donaciones de sus miembros. e) Los órganos de administración que regulan su
actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: El Pastor
o Pastora, la junta directiva,: El Pastor de la Iglesia es designado por la Asamblea General
Ordinaria, por la mayoría absoluta de sus miembros. El Pastor durará en sus funciones por un
periodo de cuatro años, pudiendo ser confirmado en su cargo por periodos iguales y sucesivos.
En caso de fallecimiento, ausencia, renuncia, o imposibilidad absoluta del Pastor para el
desempeño de su cargo, el Directorio nombrará un reemplazante que durará en sus funciones
hasta que las retome el Pastor. El Pastor, podrá nombrar un Pastor subrogante; La Asamblea
General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de sus integrantes. Se

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