Constitución Ministerio de Liberación y Sanidad Sabor a Miel - 16 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 972409749

Constitución Ministerio de Liberación y Sanidad Sabor a Miel

Número de registroCVE-2422755
Fecha de publicación16 Diciembre 2023
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.727
CVE 2422755 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.727 | Sábado 16 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 2422755
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO DE LIBERACIÓN Y SANIDAD SABOR A MIEL
(Extracto)
Lebby Carolín Barría Gutiérrez, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaría de Puerto
Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: con fecha 25 de julio de
2023, repertorio N° 1829-2023, se redujo a escritura pública el acta de constitución de persona
jurídica de derecho público denominada “Ministerio de Liberación y Sanidad Sabor a Miel”, la
que fue rectificada y complementada, ante mí, por escritura pública de 23 de octubre de 2023,
domiciliada en canal Quehui número seis mil ciento veinte población Puerta Sur, ciudad de
Puerto Montt, Región de Los Lagos, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 6400
de 2 de agosto 2023. Los constituyentes son: Eladio Antonio Arratia Vargas, Carla Soledad Ceas
Melipillán, Débora Francisca Calderón Alvial, Margot del Carmen Alvial Monsalve, Cristian
Benjamín Calderón Villarroel y Francisco Javier Añazco Saldivia. Elementos esenciales,
fundamentos y principios: los elementos esenciales que caracterizan, están reproducidos en los
artículos terceros y cuarto de los estatutos: creemos en un solo Dios único, Eterno y Trino Padre,
Hijo y Espíritu Santo. Creemos que Jesucristo es el Unigénito Hijo de Dios y Salvador de la
humanidad. Creemos en la inspiración divina de las Sagradas Escrituras, la Biblia, como Palabra
de Dios; la cual es la única regla infalible e inmutable de Fe. Su objeto: anunciar el Evangelio del
Reino de Nuestro Señor Jesucristo, pudiendo para ello usar todos los medios de comunicación
disponibles e incluso las vías públicas, para ceremonias, prédicas, cultos, cánticos, campañas,
cruzadas y otras manifestaciones públicas y privadas; para el cumplimiento del mandato divino
contenido en el Evangelio de San Mateo capítulo veintiocho versículos dieciocho al veinte;
Difundir la Palabra de Dios, por medios escritos o visuales. Órganos de Administración,
atribuciones y número de miembros: Pastor Presidente, Directorio Ministerial, Convenciones
Ordinarias y Extraordinarias; Iglesias Locales. El pastor presidente representará judicial y
extrajudicialmente a la Iglesia, atribuciones, dirigir la Iglesia y velar que se cumplan y acaten sus
principios, objetivos y estatutos; en especial, fijar las metas y objetivos del trabajo eclesiástico;
demás señaladas en estatuto; Directorio Ministerial estará compuesto por seis miembros:
Presidente, Vice Presidente, Secretario, Tesorero, dos Directores. Atribuciones: prestar o negar
su consentimiento cuando estos estatutos expresamente requieran de su manifestación de
voluntad como órgano colegiado, consultivo o consejero, tanto en materias espirituales como
administrativas; demás que señalen los estatutos. Las Convenciones Generales estarán
constituidas por Pastor Presidente, el Directorio Ministerial, Pastores Iglesias Locales y sus
Consejos Directivos locales. Objeto: recibir los acuerdos, visión y proyecciones del Directorio
Ministerial; conocer las proyecciones y metas financieras, que debe presentar el Tesorero; y los
informes escritos de la comisión revisora de cuenta, así como de otras comisiones específicas
definidas; demás señaladas en estatuto. Puerto Montt, a 13 de diciembre de 2023.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR