Constitución Ministerio Internacional Bautista Esperanza Viva - 13 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 912493244

Constitución Ministerio Internacional Bautista Esperanza Viva

Fecha de publicación13 Octubre 2022
Número de registroCVE-2199591
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.375
CVE 2199591 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.375 | Jueves 13 de Octubre de 2022 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2199591
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO INTERNACIONAL BAUTISTA ESPERANZA VIVA
(Extracto)
Felipe Alberto Trincado Urra, abogado, Notario Público, suplente del Titular don Edison
Guillermo Trincado Córdova, con domicilio en calle Curapalihue N° 451, Linares, certifica: que
el 29 de diciembre de 2021, ante Notario Público titular don Edison Trincado Córdova, se redujo
a escritura pública acta de constitución y aprobación de los estatutos de la persona jurídica de
derecho público, complementada por escritura pública otorgada el 24 de junio de 2022,
denominada "Ministerio Internacional Bautista Esperanza Viva", domiciliada en calle Freire N°
561, comuna de Linares, Ciudad de Linares, VII Región del Maule. Con facultad de reunirse en
cualquier lugar del país, su duración será indefinida y el número de miembros será ilimitado.
Registro público N° 5826 de fecha 17 de febrero de 2022. Constituyentes: Carlos Iván Chea
Ramírez, Gabriel Antonio Mardonez Torres, Roxana Jocelyn Montoya Martínez, Claudia
Alarcón Soto, Lucía Cordero Gangas, Isolda Espinoza Espinoza, Paz Espinoza Alarcón, Evelyn
Gaete Vielma, Bastián Lagos Ramírez, Edith Contreras Medel, May-Lin Chea Cortés, Yesica
Jorquera, Mabel García, Amelia Cortés Muñoz, Anggy Lesly Sobarzo Toloza, Yeison Fabián
Mellado, Valentina Antonia Parra Velis, Oriana Velis Pacheco, Astrid Mellado Bobadilla, Karina
Mellado Bobadilla, Elizabeth Mella García, Luis Hernández Alarcón, Josefina Lagos Cejas.
Principio de fe y elementos esenciales: I. Creemos en la Biblia como única autoridad de doctrina
y práctica para los creyentes e iglesias; II. Creemos en el Dios Único, automanifestado para la
salvación (en lo temporal y en lo eterno) de los seres humanos, como Padre Soberano, como Hijo
Redentor y como Espíritu Santificador; III. Creemos que una iglesia se constituye por una
comunidad de creyentes en Jesucristo, bautizados sobre la base de la fe personal en Él, y que
como evidencia de esa fe manifiesta un cambio de conducta que se ajusta a las enseñanzas
bíblicas cuyo modelo y meta es Jesús; que tiene como misión la adoración, el servicio
bondadoso, la comunión fraternal, la evangelización integral, la educación formadora en su
medio y la denuncia profética, extendiendo su misión a todo el mundo; IV. Creemos que la
salvación del ser humano responde a la gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo; es
personal, comunitaria y escatológica; V. Creemos que las iglesias locales se rigen por el gobierno
congregacional, que son autónomas respecto de otras iglesias o instituciones, pero que a la vez
pueden asociarse libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos
especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo; VI. Creemos en el
principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial. Todo ser humano tiene el
derecho inalienable de adorar a la Deidad dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte. La
conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblicos del reino de Dios. Esta conciencia
es garantía moral a favor de toda buena costumbre social; VII. Sustentamos el principio de la
autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. El Estado es una
institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la Iglesia
es una sociedad escatológica, convive la fe que actúa por el amor, evangeliza, y educa sobre la
base de la fe, según el Espíritu de Jesucristo. Objetivos: a) El ejercicio libre de su propio
ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares
para esos fines; b) La comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de
su propio credo y la manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de
institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de
beneficencia o humanitarias; d) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones,
corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines, y e) Los demás que determine la
Asamblea General. Órganos de Administración y sus Atribuciones: Asamblea Ordinaria y

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