Constitución Ministerio Fe en Cristo Chile - 29 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 902510415

Constitución Ministerio Fe en Cristo Chile

Número de registroCVE-2104616
Fecha de publicación29 Marzo 2022
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.215
CVE 2104616 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.215 | Martes 29 de Marzo de 2022 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 2104616
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO FE EN CRISTO CHILE
(Extracto)
María Soledad Santos Muñoz, Abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría Santiago,
Agustinas N° 1161, entrepiso, certifico: Por escritura pública de 19 de agosto de 2021, ante mí,
se redujeron a escritura pública, 1) Acta de “Ministerio Fe en Cristo Chile”, Repertorio
9.066-2021 y ante Christian Alejandro Ortiz Cáceres, notario Suplente 7ª Notaría Santiago, su 2)
Rectificación de fecha 21 de enero de 2022, Repertorio 650-2022, domicilio: calle Domingo
Santa María 1714, comuna de Independencia, Región Metropolitana, inscrita Registro Público
Ministerio de Justicia, bajo el N° 5636, de 30 de agosto de 2021. Constituyentes: Carlos Mario
Salinas Salinas, Carlos Alejandro Salinas Lantadilla, José Miguel Salinas Lantadilla. Elementos
Esenciales, Fundamentos y Principios: Dios, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo; La Santa
Trinidad; Las Santas Escrituras; La Iglesia, compuesta por los creyentes. El sacrificio vicario y la
resurrección de Cristo. El Bautismo en agua y del Espíritu Santo. La Cena del Señor. Los dones
espirituales. El retorno de Cristo en su segunda venida. Resurrección corporal de los muertos
justos e injustos, para vida y condenación. La vida santificada, para ser colaboradores de Dios.
Fines: Rendir culto a Dios. Predicar el Evangelio y proporcionar a los cristianos medios
necesarios para practicar culto de su creencia. Organizar la congregación cristiana; promover el
sentido de vida cristiano y propender al desarrollo de sus miembros. Órganos de Administración:
Pastor, Directorio y Asambleas Generales. Integrarán el Directorio solo miembros activos de
Iglesia. Asambleas Generales de Miembros: Son la primera autoridad de la Iglesia y representan
el conjunto de sus miembros. Número de miembros: Todos los miembros activos. Asambleas
Generales Ordinarias: Atribuciones: cualquier asunto administrativo relacionado con los
intereses de la Iglesia, excepto los que corresponden a Asamblea General Anual y a Asambleas
Extraordinarias. Asambleas Generales Extraordinarias: Atribuciones exclusivas: a) Reforma de
los estatutos y aprobación de reglamentos; b) Disolución de la Iglesia; c) Constitución de
entidades con personalidad jurídica propia; d) Compra, venta, hipoteca, permuta, cesión o
transferencia de bienes raíces, constitución de servidumbres, prohibición de enajenar y el
arrendamiento de inmuebles por un plazo superior a tres años. Directorio: Funciones:
Corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia en conformidad a sus estatutos y
a los acuerdos de Asambleas Generales. Atribuciones y deberes Directorio: a) Dirigir a la Iglesia
y velar que se cumplan sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes de la
Iglesia e invertir sus recursos; c) Citar a asambleas generales ordinarias, extraordinarias y
anuales de acuerdo con estatutos; d) Redactar los reglamentos necesarios para el mejor
funcionamiento de la Iglesia; e) Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) Rendir
cuenta en la asamblea general anual, tanto en la marcha de la Iglesia como en la inversión de sus
fondos mediante una memoria, balance e inventarios que en esa ocasión se someterá a la
aprobación de sus miembros activos. g) Contratar el personal necesario para la obtención
adecuada de los fines sociales y fijar sus remuneraciones; h) Conocer de las sanciones
disciplinarias; i) Llevar un registro de los miembros del Ministerio Fe en Cristo Chile y aceptar
el ingreso y renuncia de ellos; j) Aceptar o rechazar donaciones o herencias o legados que se
instituyan a favor del Ministerio Fe en Cristo Chile; k) En general, realizar todos los actos y
celebrar todos los contratos que estime conveniente o necesario para la realización de los
objetivos del Ministerio Fe en Cristo Chile; l) Resolver todos los asuntos que no estén
contemplados en estos Estatutos y que pudieran causar conflicto o entorpecimiento del logro de
los objetivos del Ministerio Fe en Cristo Chile. Demás estipulaciones constan en estatutos. Tres
miembros. Presidente de la Iglesia lo es del Directorio, representa legal, judicial y
extrajudicialmente a la Iglesia. Santiago, 17 de marzo de 2022.

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