Constitución Institución Religiosa Camino del Diamante - 5 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897481108

Constitución Institución Religiosa Camino del Diamante

Fecha de publicación05 Marzo 2022
Número de registroCVE-2095011
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.195
CVE 2095011 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.195 | Sábado 5 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2095011
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
INSTITUCIÓN RELIGIOSA CAMINO DEL DIAMANTE
(Extracto)
María Soledad Lascar Merino, Abogado, Notario Público, Titular de la 38 Notaría de
Santiago, Miraflores 178, piso 5, Certifico: Que con fecha 22 de septiembre de 2021, bajo el
Repertorio Nº 70.450-2021, se redujo ante mí a escritura pública el acta de constitución y
aprobación de los estatutos de la persona jurídica de Derecho Público Institución Religiosa
Camino del Diamante de fecha 29 de abril de 2021, complementada por escritura pública de
fecha 30 de diciembre de 2021. Domicilio: Santa Julia número 722, comuna de Ñuñoa, ciudad de
Santiago, Región Metropolitana, inscripción en el Registro Público del Ministerio de Justicia
número 5705 de fecha 27 de octubre de 2021. Para efectos de su publicación en el Diario Oficial,
según el artículo 11 del decreto supremo número 303 del año 2000 del Ministerio de Justicia, se
manifiesta: a) El nombre es Institución Religiosa Camino del Diamante, que podrá usar
indistintamente el nombre Budismo Camino del Diamante. Su domicilio se encuentra en Santa
Julia número 722, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; b) Registro
Público del Ministerio de Justicia número 5705 de 27 de octubre de 2021; c) Los constituyentes
corresponden a don Juan Carlos Solari Bronstein y don Sandino Martínez Fuentes; d) Como
elementos esenciales que la caracterizan y como fundamentos y principios en que se sustenta la
fe que profesa, aquellos religiosos budistas con fundamento doctrinal en las enseñanzas del
Budismo Camino del Diamante, o también Vajrayana, que pertenece al Linaje Budista Karma
Kagyu. El objeto principal es la práctica y el estudio de las enseñanzas del Buda y la
preservación del patrimonio cultural budista, en especial, las enseñanzas de la escuela del
budismo Camino del Diamante; e) Los órganos de administración, sus atribuciones y miembros
que la componen son los siguientes: Maestro Raíz, Consejo Supervisor, Asamblea General y
Consejo Ejecutivo. El Maestro Raíz es el Lama Ole Nydahl quien designa maestros itinerantes,
participa en asambleas y reuniones, designa y revoca a los integrantes del Consejo Superior,
otorga su consentimiento para llevar adelante actos de disposición bienes inmuebles así como
para la disolución de la institución, designa a los liquidadores en caso de disolución, designa
entidades susceptibles de recibir activos en caso de disolución y otras decisiones vinculantes para
la Institución Religiosa Camino del Diamante. El Consejo Supervisor se compone de 3 personas
quienes representan el máximo órgano de gobierno de la Institución Religiosa Camino del
Diamante subordinada únicamente al Maestro Raíz, como tal supervisa su trabajo, así como del
Consejo Ejecutivo y Comités Administrativos, propone candidatos al Consejo Ejecutivo, puede
revocar nombramiento de integrantes del Consejo Ejecutivo y Comités Administrativos
designando de forma interina reemplazantes, Objetar estados financieros y otros documentos de
carácter contable, disolver Centros, autorizar designaciones o revocaciones de órganos de
gobierno en fundaciones, empresa u otras organizaciones donde la Institución Religiosa Camino
del Diamante tenga participación, autorizar modificaciones al Estatuto y otros actos que regulen
el gobierno de la Institución, decidir sobre apelaciones relacionadas a la pérdida del carácter de
miembro de la Institución Religiosa Camino del Diamante y autorizar actos dispositivos
patrimoniales. La Asamblea General la pueden integrar quienes tengan la calidad de Miembro de
la Institución y su composición es de un tercio de los referidos miembros redondeando hacia
abajo cuando no sea exacto. Sus atribuciones son las de aprobar planes programas o proyectos de
la Institución cuando estos superen determinado patrimonio, elegir a los integrantes del Consejo
Ejecutivo y suplentes previa proposición del Consejo Supervisor, aprobar la memoria, estados
financieros y otros documentos contables presentados por el Consejo Ejecutivo, autorizar al
Consejo Ejecutivo para la celebración de determinados actos de disposición patrimonial, someter

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