Constitución Iglesia Evangélica Roca de Salvación - 13 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 928624010

Constitución Iglesia Evangélica Roca de Salvación

Fecha de publicación13 Abril 2023
Número de registroCVE-2298835
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.525
CVE 2298835 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.525 | Jueves 13 de Abril de 2023 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2298835
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA ROCA DE SALVACIÓN
(Extracto)
Mauricio Igor Rojas Escudero, Notario Público Interino La Ligua, con oficio calle Ortiz de
Rozas 836, La Ligua, certifica: Entidad religiosa denominada "Iglesia Evangélica Roca de
Salvación", domicilio Calle Uno s/n, Población San Nicolás, Placilla, La Ligua, que dicha
entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el N° 6070,
de fecha 14 de septiembre de 2022. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según
artículo 11 Reglamento, DS 303, año 2000, Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a)
Nombre: Iglesia Evangélica Roca de Salvación; Domicilio: Calle Uno s/n, Población San
Nicolás, Placilla, La Ligua; b) Registro Público de Inscripción N° 6070 de fecha 14 de
septiembre de 2022; c) Nombre de los constituyentes: Víctor Franchescole Altamirano Olivares,
Omar del Rosario Carrasco García, Juan Alexis Castro Castro, Florencio del Carmen Zamora
Nieto, Roberto Ananías Castro Castro, Daniela Alejandra Gallardo Matus, Fernando Egodin
Garretón Álvarez, Mónica de las Nieves Salazar Cabezas, Diego Sebastián Bao Gallardo, María
Angélica Castro Hidalgo, Isabel del Pilar López López, Alexis Rodrigo Garretón López, Joselin
Scarlette Carrasco Zamora, María Isabel Escobar Pérez, Darby Benito Aguilar González,
Richard Esteban Zamora Villalobos, Mauricio Emilio Edmundo Núñez Valdés, Karen Andrea
Escobar Escobar, Yovanni Alejandro Reinoso Díaz, Ximena del Carmen Zúñiga Peña, Damary
Elizabeth Vera Hidalgo, María Viviana Zamora Villalobos, Pamela Soledad Sánchez
Arancibia y Anny Alejandra Navia Silva; todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus
elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe
que ella profesa los siguientes: su doctrina se basa principalmente en practicar, fortalecer y
promover la fe de los creyentes por medio de la predicación del Evangelio, la administración de
los Santos Sacramentos y permitir de este modo la testificación de la fe en Dios trino por parte de
todos los miembros de la comunidad. Además, difundir la fe luterana a los que no creen para que
ellos se conviertan a Jesús y atraerlos a la compañía de los creyentes en el seno de la
congregación. Su fin principal será proporcionar a las personas que profesan la religión cristiana
reformada todos los medios para que puedan ejercerla y practicarla, así como la instrucción
necesaria en su culto, y representarlos ante las autoridades religiosas y laicas. Además, la Iglesia
podrá desarrollar otras actividades afines al cumplimiento de sus objetivos, ya sean
educacionales, sociales o de beneficencia. Para atender a sus fines, la Iglesia tiene derecho a
recibir recursos económicos y toda clase de bienes en forma de ofrendas, donaciones y
liberalidades de sus miembros y de cualquier otra Entidad o persona, ya sea física o jurídica. La
base doctrinal de esta Iglesia, como consecuencia de su carácter confesional, fundamenta su
actuación en las doctrinas y principios que seguidamente se expresan, los cuales deben ser
aceptados por todos los miembros e inspirar todas sus acciones. En tanto que cristianos
evangélicos, aceptamos la Revelación de Dios único en tres personas (Padre, Hijo y Espíritu
Santo) dada en las Escrituras del Antiguo y del Nuevo Testamento, y confesamos la fe histórica
del Evangelio que se proclama en sus páginas. Afirmamos, por consiguiente, las doctrinas que
consideramos decisivas para comprender la fe y que deben expresarse en amor, en el servicio
cristiano práctico y en la proclamación del Evangelio: a) La soberanía y la gracia de Dios el
Padre en la creación, la providencia, la revelación, la redención y el juicio final. b) La inspiración
divina y plena de la Sagrada Escritura en sus documentos originales y, por consiguiente, su
credibilidad total y su suprema autoridad en todo lo que atañe a la fe y a la conducta. c) La
pecaminosidad y culpabilidad delante de Dios de toda persona consciente, que acarrea la ira de
Dios y la condenación eterna. d) La justificación del pecador solamente por la gracia de Dios,

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