Constitución Iglesia Evangélica Camino a la Verdad - 28 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874727227

Constitución Iglesia Evangélica Camino a la Verdad

Fecha de publicación28 Diciembre 2019
Número de registroCVE-1704653
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta42.539
CVE 1704653 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.539 | Sábado 28 de Diciembre de 2019 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1704653
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA EVANGÉLICA CAMINO A LA VERDAD
(Extracto)
Gonzalo Nicolás Garay Burnas, Notario Público de Carahue, con oficio en Pasaje 2, Nº 33,
Carahue, certifica: entidad religiosa denominada "Iglesia Evangélica Camino a la
Verdad", domicilio lugar El Temo, comuna de Saavedra, que dicha entidad se encuentra inscrita
en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el Nº 3044 de fecha 8 de agosto de 2013.
Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303
año 2000 Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: A) Nombre: Iglesia Evangélica
Camino a la Verdad; Domicilio: lugar El Temo, comuna de Saavedra. B) Registro Público de
Inscripción Nº 3044 de fecha 8 de agosto de 2013; C) Nombre de los constituyentes: José Martín
Pirul Huentelao, Carlos Gerardo Calfulen Llancapán, Luz Orfelina Llancapán Mariqueo, Manuel
Jesús Carfulen Levipil, Víctor Hugo Pirul Ramírez. Todos ellos chilenos, mayores de edad; D)
Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se
sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa,
compuesto de quince artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree
en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; cree en el Hijo, verbo del padre; cree en el
Espíritu Santo, cree en la Iglesia como un organismo espiritual único; cree en la existencia de los
demonios; creen en el cielo; creen en la inspiración divina de las sagradas escrituras; creen que
todos los humanos son pecadores; creen en el hablar en otras lenguas; creen en las sanidades
divinas; creen en el rapto o arrebatamiento de la iglesia; creen en la resurrección de los muertos;
creen en la Santa Cena; creen en el bautismo; creen en la dedicación o presentación de los niños.
E) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de
miembros que los componen son los siguientes: Habrá dos clases de Asamblea: Una ordinaria y
otra extraordinaria, serán el órgano representativo máximo, podrá reformar estatutos y
reglamentos. Directorio formado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un
Tesorero y un Director, dentro de sus atribuciones estarán velar por el fiel cumplimiento de los
fines y objetivos de la asociación. Comisión revisora de cuentas, compuesta por tres miembros
que durarán tres años en sus cargos y tendrá a cargo la revisión de toda la documentación,
cuentas y movimientos financieros de la asociación. Comisión de ética y orden, compuesta por
tres miembros que durarán tres años en sus cargos y tendrá a cargo la investigación de las faltas
de los miembros de la iglesia y propondrá al directorio las sanciones. El escalafón ministerial
estará compuesta por: Un obispo, es la más alta autoridad eclesiástica; pastores presbíteros,
nominados por el obispo que tendrán como misión principal el visitar a las iglesias: pastores
ancianos, encargados de velar por el crecimiento espiritual en paz de los fieles; pastores
diáconos, promoverán la realización de bautismo, santa cena, lavados de pie, entre otros;
pastores, sus funciones serán cuatro: predicador, maestro, pastor y administrador; misioneros y
evangelistas, serán enviados en representación de la asociación para abrir nuevas iglesias;
pastores probando, miembros laicos que han ayudado a un pastor local; y pastores ayudantes,
miembros laicos activos al servicio del culto. F) Fecha escritura pública 28 de mayo de 2013,
Repertorio 533-2013 acta constitutiva y estatutos día 12 de mayo de 2013, Notario Público de
Carahue, Carlos Gómez Oyarzún, Lautaro Nº 130, Carahue.- Carahue, 14 de noviembre 2019.

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