Constitución Iglesia de Cristo según Romanos 16:16 - 8 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1005515046

Constitución Iglesia de Cristo según Romanos 16:16

Número de registroCVE-2450676
Fecha de publicación08 Febrero 2024
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.771
CVE 2450676 |Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.771 | Jueves 8 de Febrero de 2024 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2450676
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA DE CRISTO SEGÚN ROMANOS 16:16
(Extracto)
Francisco José Hollmann Ovalle, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida
José Miguel Carrera 5.382, certifico: Ante mí, se redujo a escritura pública de fecha 1 de marzo
de 2018 lo siguiente: Acta de Constitución de Entidad de Derecho Público, celebrada el 25 de
septiembre de 2017, modificada por acta de fecha 14 de mayo de 2018, reducida a escritura
pública de fecha 29 de mayo de 2018, ante mí, cuyo extracto es el siguiente: Nombre: Iglesia de
Cristo según Romanos 16:16; Domicilio: Domeyko Nº 2335, Santiago; Fecha y Número
Registro: 26 de marzo de 2018 Nº 4514; Fundamentos y Principios: Difusión del mensaje del
Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, de acuerdo a las Sagradas Escrituras, dirigida a una
formación cristiana integral de todos sus miembros; Realizar trabajos sociales de reinserción en
medio de personas adictas a drogas y alcohol, más toda clase de actividades educacionales en
favor de sus miembros y de personas ajenas a esta Entidad. Constituyentes: Elisa Piedad Salcedo
Reina, Luis Alberto Serrano Dal Pozzo, José Nibaldo Pinto Pinto, María Marines Mendoza
Medina, Manuel Alfredo Ladino Ascencio, Patricia Elina Pastene Espinoza, Raquel Cristina
Muñoz Carreño, Rosa Eufrasia Constanzo Santos, Saúl Rolando Peralta Cárdenas, Salomé
Unanue Zambrano, Harry Hamilton Redford, Héctor Ramón Plaza Briones, Liduvina del Carmen
Cortés Rivera, Juan Carlos Varas Toloza; Órganos de Administración y Atribuciones: Directorio:
1 Presidente, 1 Vicepresidente, 1 Secretario, 1 Tesorero y 3 Directores. a) Dirigir la Entidad y
administrar sus bienes; b) Citar a Asamblea General Ordinaria y Extraordinarias que procedan; c)
Someter a aprobación de Asamblea General reglamentos que deberán dictarse y asuntos que
considere necesaria su consideración; d) Cumplir acuerdos de Asambleas Generales; e) Rendir
cuenta ante Asamblea General Ordinaria; f) Aplicar medidas disciplinarias; g) Proponer a
Asamblea General Ordinaria Anual el monto de las cuotas de incorporación y ordinarias
mensual; h) Resolver dudas y controversias con motivos de aplicación de estatutos y
reglamentos; i) Proponer a Asamblea General el ingreso, designación de representante ante otras
Corporaciones. Directores: a) Integrar comisiones de trabajo, b) Asistir a Sesiones del Directorio
y a Asambleas Generales; c) Cooperar al cumplimiento de los fines de la Entidad y obligaciones
que incumben al Directorio, y; d) En ausencia del Presidente, presidir sesiones del Directorio o
de Asambleas Generales. Presidente: a) Presidir sesiones de Directorio y Asambleas Generales;
b) Fiscalizar marcha de la Institución; c) Cumplir y hacer cumplir acuerdos del Directorio y
Asambleas Generales y las disposiciones de los Estatutos y Reglamentos; d) Firmar con el
Tesorero cheques, balances y documentos relacionados; e) Firmar con el Secretario la
correspondencia oficial; f) Resolver cualquier asunto urgente que se presente y dar cuenta de ello
y g) Controlar constitución y funcionamiento de comisiones de trabajo. Vicepresidente: Subroga
al Presidente por ausencia o impedimento, acreditado por simple certificación del Secretario.
Secretario: a) Ministro de fe, certifica la autenticidad de resoluciones y acuerdos del Directorio y
Asamblea General; b) Redactar y despachar, bajo su firma y la del Presidente, toda la
correspondencia; c) Llevar al día el archivo de toda la documentación; d) Contestar y dar curso a
la correspondencia de mero trámite; e) Tomar actas de las sesiones del Directorio desde las
Asambleas Generales, redactarlas, incorporarlas a los libros respectivos, bajo su firma y certificar
la ausencia o impedimento del Presidente para su subrogación. Tesorero: a) Rendir fianza al
hacerse cargo de sus funciones; b) Llevar al día libros de Contabilidad; c) Mantener depositados
en cuentas corrientes fondos de la Entidad; d) Efectuar con el Presidente los pagos, cancelaciones
relacionadas con la Entidad; e) Organizar la cobranza de cuotas y de todos los recursos; f)

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