Constitución Iglesia Cristiana: Volvamos a Dios Remanente Escogido, Chile - 22 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906605134

Constitución Iglesia Cristiana: Volvamos a Dios Remanente Escogido, Chile

Fecha de publicación22 Junio 2022
Número de registroCVE-2145328
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.284
CVE 2145328 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.284 | Miércoles 22 de Junio de 2022 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 2145328
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CRISTIANA: VOLVAMOS A DIOS REMANENTE ESCOGIDO, CHILE
(Extracto)
Álvaro David González Salinas, Titular de la 42º Notaría de Santiago, Agustinas Nº 1070,
2º piso. Certifica que con fecha 11/01/2021 ante mí, se redujo a escritura pública Acta de
Constitución y Aprobación Estatutos Persona Jurídica de Derecho Público. Nombre: “Iglesia
Cristiana: Volvamos a Dios Remanente Escogido, Chile”, con domicilio en Av. Pedro Fontova
5021, Conchalí, Región Metropolitana, Chile. Inscrita en el Ministerio de Justicia Departamento
de Personas Jurídicas, Unidad de Entidades Religiosas bajo el Número: 5462, de fecha 19 de
enero de 2021. Constituyentes: Asistieron a la asamblea constitutiva y firmaron al final del acta
respectiva: Don Ricardo Emilio Hermosilla Rojas, doña Liliana Soledad Mejía Olivos, doña
Ruth Vega Correa, don Wilson Alberto Millar Sánchez, doña Nicolaza Capuñay Zalazar, don
Humberto Andrés Vásquez Soto. Fundamentos y Principios: Principio Escritural.- Principio
Cristo Céntrico.- Principio Sociológico.- Principio Libertario.- Principio Evangelizador.-
Principio Temporal - Principio Autónomo - Principio Congregacional. Órganos de
Administración: a) La Sesión Administrativa. Son la primera autoridad y representan al conjunto
de sus miembros, cuyo número es variable. Hay Sesión Administrativas ordinarias y
extraordinarias. La Sesión Administrativa ordinaria es la instancia de rendición de cuentas. La
Sesión Administrativa Anual se celebrará en el mes de aniversario de cada año, se presentará el
balance, inventario y una reseña del ejercicio anterior; se aprobarán los presupuestos de
administración y de inversión presentados por el Directorio y se procederá, cuando corresponda,
a las designaciones o elecciones determinadas por los estatutos. b) Las Sesiones Administrativas
extraordinarias se celebrarán cada vez que el Directorio acuerde convocarlas, por estimarlas
necesarias para la marcha de la Iglesia, o cada vez que lo soliciten, por escrito, al Presidente del
Directorio, un tercio, a lo menos, de los miembros, indicando el o los objetivos de la reunión. El
directorio estará integrado por el Pastor y a lo menos cuatro hermanos y/o hermanas con un
ferviente llamado al servicio, los que serán nominados por el comité de nombramiento y
ratificados por la asamblea y durarán dos años en el cargo, al término de sus funciones pueden
ser reelegidos por una sola vez, y será de su cargo la atención de las necesidades materiales de la
membresía y de la administración eclesiástica, para lo cual tendrá la facultad de delegar parte de
sus funciones. Con fecha 5 de octubre de 2021 se protocoliza el Acta Rectificatoria y
Complementaria ante el Sr. Notario titular don Álvaro David Gónzalez Salinas: Primero.- se
corrige número de cédula de identidad de don Wilson Alberto Millar Sánchez. Segundo.- Se
corrige el artículo trigésimo sexto. Tercero.- En el artículo décimo sexto se incorpora el gabinete
administrativo. Cuarto.- El artículo décimo séptimo se complementa. Quinto.- El artículo
vigesimotercero se hace la aclaración al sostenimiento pastoral. El Notario que suscribe certifica
que el presente extracto se emite de conformidad al inciso Nº 11, del Reglamento, decreto de
Justicia Nº 303, del año 2000, emitido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.-
Santiago, 16 de junio del año 2022.

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