Constitución Iglesia Centro de Restauración Familiar Adonay - 24 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 923714362

Constitución Iglesia Centro de Restauración Familiar Adonay

Fecha de publicación24 Febrero 2023
Número de registroCVE-2276409
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.486
CVE 2276409 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.486 | Viernes 24 de Febrero de 2023 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2276409
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CENTRO DE RESTAURACIÓN FAMILIAR ADONAY
(Extracto)
Lilian Natalia Cárdenas Elgueta, Notario Público Interino Primera Notaría de Castro, calle
Balmaceda 286, Castro, certifico: Por acta de asamblea celebrada en Dalcahue, con fecha 15
octubre 2021 a las 19:00 horas, reducida a escritura pública con fecha 3 de febrero de 2022, en
esta misma Notaría ante don Pedro Hernán Larrere Castro, Notario Público Titular de la época,
complementada mediante escritura pública otorgada en esta Notaría ante mí, con fecha 13 de
septiembre de 2022, según ley Nº 19.638, se constituyó la entidad religiosa, denominada "Iglesia
Centro de Restauracion Familiar Adonay” y/o “Iglesia de Restauracion Familiar Adonay”.
Domicilio: Pasaje “La Fiura” sin número, comuna de Dalcahue, sin perjuicio de la habilitación
de sedes en otras comunas o ciudades de Chile y que el Directorio pueda acordar. Se encuentra
inscrita Registro Público a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Nº 5883 de
fecha 25 de abril de 2022. Constituyentes: 1. Rociel Antonio Evanán Antiguai Antiguai. 2.
Robinson Giovani Nancuante Mansilla. 3. Everlinda Aguilar Aguilar. 4. Juan Aguilar Aguilar. 5.
Marcela del Carmen Mansilla Mansilla. 6. María Orfelina Mansilla Nancuante. 7. Hananías
Israel Nancuante Contreras. 8. Blanca Flor Cayupel Guichapani. 9. José Carlos Ainol Mancilla.
10. Ciro Nancuante Antiguai. 11. Yenifer Catalina Vivar Unquén. 12. Matías Ignacio Nancuante
Contreras. 13. Danny Richard Nancuante Mansilla. 14. Caroline Alexa Zamora Mansilla. La
Iglesia estará basada en los siguientes principios: a) La soberanía y la gracia de Dios el Padre,
Dios el Hijo y Dios el Espíritu Santo, en la creación, la providencia, la revelación, la redención y
el juicio final.- b) La divina inspiración de las Sagradas Escrituras en sus documentos originales
y, por consiguiente, su credibilidad total y su suprema autoridad en todo lo que atañe a la fe y la
conducta.- c) La pecaminosidad universal y la culpabilidad del hombre caído que acarrea la ira
de Dios y la condenación.- d) La obra de Dios, que a través del Espíritu Santo, ilumina, regenera,
y santifica a los hombres. El que además imparte a los fieles, dones, ministerios y operaciones,
tanto para edificación del Cuerpo de Cristo como para testificar y trabajar en la extensión del
Evangelio y del Reino de Dios.- e) El matrimonio como institución divina primigenia creada por
Dios, por medio de la cual, libre y voluntariamente, un hombre y una mujer, nacidos como
tales, se unen estable y permanentemente para vivir juntos, amarse, respetarse, ser de ayuda
mutua y constituir un hogar de bendición para sí mismos, y en su caso, para sus hijos y el entorno
que les rodea.- f) El gobierno o autoridad civil existente por disposición divina, para los intereses
y el buen orden de la sociedad humana, y que debemos orar por los magistrados honrándolos en
conciencia y obedeciéndoles, salvo en cosas que sean opuestas a la voluntad de nuestro señor
Jesucristo, único dueño de la conciencia y príncipe de los reyes de la tierra.- g) La Esperanza del
retorno visible de nuestro Señor Jesucristo en poder y gloria, la resurrección de los muertos y la
consumación del Reino de Dios. Objeto: Sin perseguir fines de lucro para sus asociados, la
Iglesia tiene por objeto: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar
reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación
y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación
de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios
teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) La
creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para
la realización de sus fines, y e) Los demás que determine la Asamblea General. Los órganos de
administración con sus atribuciones son: 1) La Asamblea General es la primera autoridad de la
Iglesia y representa al conjunto de sus integrantes. Se compone por la totalidad de los miembros
de la iglesia. 2) Directorio le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en

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