Constitución Iglesia Centro - 13 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876748970

Constitución Iglesia Centro

Fecha de publicación13 Octubre 2021
Número de registroCVE-2023637
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.076
CVE 2023637 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.076 | Miércoles 13 de Octubre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2023637
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CENTRO
(Extracto)
Pablo Valenzuela Pérez, Notario Público Tercera Notaría de Punta Arenas, calle Lautaro
Navarro 1048, Certifica: Por escritura pública de fecha 12.02.2021, repertorio N° 503/2021, ante
Iván Andrés Toledo Mora, abogado, Notario Público Interino de la Tercera Notaría de Punta
Arenas, con oficio en calle Lautaro Navarro número mil cuarenta y ocho, de esta ciudad, certifica
que por escritura se constituyó Personalidad Jurídica de Derecho Público la ley Nº 19.638; Que
de conformidad al Art. 11 del Reglamento, Decreto de Justicia Nº 303, de 2000, se informa: a)
Nombre: “Iglesia Centro”; Domicilio: El domicilio principal será en la ciudad de Santiago, calle
Neptuno 271, departamento 412, no obstante demás filiales, lugares de reunión, anexos o
misiones que pueden establecerse en otros puntos del país o en el extranjero. b) Fecha y número
del registro: Que se encuentra inscrita en el Registro Público a cargo de esta Secretaría de Estado
bajo el Nº 5614 de fecha 4 de agosto de 2021; c) Nombre de los constituyentes: Comparecieron a
dicho acto, Soledad Pérez Pavez, C.I. 18.015.195-8, Luis Ávila Alarcón, C.I. 12.234.827-K, Rut
Romero Remon, C.I. 24.536.835-6, Antonio Cañada Momblant, C.I. 24.417.197-4, Mauricio
Donoso Trabol, C.I. 18.497.924-6, Mariel Álvarez Venegas, C.I. 15.381.957-2, Felipe Burgos
Valenzuela, C.I. 15.344.294-0; d) Elementos esenciales y principios de fe: La Iglesia se
caracterizará esencialmente por el libre ejercicio de la fe cristiana de todos sus miembros, en
Dios Padre, su Hijo Jesucristo y su Espíritu Santo, fundamentando su creencia en las Sagradas
Escrituras, es decir la Biblia. La Iglesia podrá desarrollar todas aquellas actividades propias de
las organizaciones religiosas, que en lo particular consistirán en celebrar reuniones, las que
tendrán carácter religioso congregacional; estas serán celebradas con el fin de manifestar
públicamente la fe de sus miembros mediante actos de oración, enseñanza de la Palabra de Dios,
alabanza y adoración a Él. La administración espiritual de la Iglesia estará compuesta por el
Consejo de Pastores y el Consejo de Ministros; y la administración de su patrimonio estará a
cargo del Consejo de Administración. Para el cumplimiento de los fines propios de la Iglesia,
esta podrá, entre otras cosas: fundar y mantener iglesias locales y lugares especialmente
dedicados a la labor social, espiritual y de educación. En especial podrá: crear personas jurídicas
de conformidad con la legislación vigente; podrá fundar, mantener y dirigir en forma autónoma
institutos de formación, de estudios teológicos doctrinales, instituciones educacionales, de
beneficencia o humanitarias y centros de investigación; crear, participar, patrocinar y fomentar
asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; bendecir la unión
indisoluble entre personas de distinto sexo, esto es, entre un hombre y una mujer bajo el sagrado
vínculo del matrimonio, manifestado en la realización de una ceremonia espiritual, religiosa y
solemne presidida por algún pastor de la congregación; y en general, todas aquellas actividades
que no atenten contra las creencias cristianas esenciales de la congregación, la moral, las buenas
costumbres, el orden público y que persigan la difusión de la Palabra de Dios cuya revelación se
encuentra en la Santa Biblia, por escrito o por cualquier otro medio, de su propia fe y doctrina.
De la declaración de fe: La Iglesia declara como principios que sustentan la fe que profesa los
siguientes: La unidad del Padre, Hijo y Espíritu Santo en la Divinidad; Soberanía de Dios en la
creación, redención y juicio final; La inspiración divina y entera confiabilidad de la Santa Biblia,
tal como fueron dadas originalmente y su autoridad suprema en todo asunto de fe y conducta; El
pecado y culpa de toda la humanidad desde la caída, que la sujeta a la ira y condenación de Dios;
La redención de la culpa, pena y dominio del pecado sólo mediante la muerte expiatoria del
Señor Jesucristo; La resurrección corporal del Señor Jesucristo de entre los muertos y su ascenso
a la derecha del Padre; La presencia y poder del Espíritu Santo en la obra de la regeneración y

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